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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 17 de septiembre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.

BOE-A-1985-19592Publicada: 18/09/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 17 de septiembre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la i ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 17 de septiembre de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales en España. 2. **CONTEXTO** Durante la década de 1980, España experimentó un crecimiento económico significativo, lo que generó una mayor demanda de productos alimenticios, incluyendo cereales. Para garantizar la seguridad alimentaria y el control sobre el mercado, el gobierno estableció un marco regulatorio. Este orden ministerial fue emitido en el marco de la política económica del Estado para regular el flujo de importaciones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 17 de septiembre de 1985, publicado en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) número 262, de 18 de septiembre de 1985, establece el derecho regulador para la importación de cereales. Este derecho se define como el precio máximo que puede aplicarse a la importación de cereales, con el fin de garantizar la estabilidad del mercado y la protección de los productores nacionales. El derecho regulador se calcula en base a los costos de producción, transporte y otros gastos asociados a la producción de cereales en el país. Según el artículo 1 del orden ministerial, el derecho regulador se fija para cada tipo de cereal y se actualiza periódicamente según la evolución de los costos. El artículo 2 establece que el derecho regulador se aplica a todos los importadores que realicen la importación de cereales, independientemente de su tamaño o ubicación. Además, se establece que el derecho regulador no puede ser inferior al 10% del valor de la importación, salvo en casos excepcionales autorizados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. El artículo 3 detalla el procedimiento para la aplicación del derecho regulador, incluyendo la obligación de los importadores de presentar documentación justificativa de los costos y la necesidad de autorización previa para la importación. El artículo 4 establece que el derecho regulador se revisará anualmente, en función de la evolución de los costos y la situación del mercado. Este orden ministerial se complementa con otros instrumentos legales, como el Reglamento de Importación de Cereales, que establece las condiciones específicas para la entrada de cereales en el territorio nacional. Además, se vincula con el marco legal de la Unión Europea, ya que España era miembro de la Comunidad Económica Europea (CEE) en ese momento, lo que implicaba la aplicación de normas comunitarias en materia de comercio exterior. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden ministerial de 1985 establece un marco regulatorio para la importación de cereales, con el objetivo de garantizar la estabilidad del mercado. Establece un derecho regulador que se calcula en base a costos y se aplica a todos los importadores. Este instrumento fue relevante en el contexto económico de la época. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho regulador**: Se establece como precio máximo para la importación de cereales, con base en costos de producción. ⚠️ **Aplicación general**: Se aplica a todos los importadores, independientemente de su tamaño o ubicación. 📋 **Procedimiento**: Requiere documentación justificativa y autorización previa. ℹ️ **Revisión anual**: El derecho se revisa anualmente para adaptarse a la evolución del mercado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 17 de septiembre de 1985 - **Materias**: Comercio exterior, agricultura, regulación de precios - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: derecho regulador, importación, cereales, agricultura, comercio exterior ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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