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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 10 de septiembre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.

BOE-A-1985-19334Publicada: 11/09/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 10 de septiembre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la i ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 10 de septiembre de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales en España, fijando los criterios y mecanismos que deben seguirse para su entrada en el territorio nacional. 2. **CONTEXTO** Durante la década de 1980, España experimentó un proceso de liberalización económica y apertura comercial. La importación de cereales se convirtió en un tema relevante para garantizar la seguridad alimentaria y la estabilidad del mercado. Este orden ministerial fue emitido en el marco de la regulación del comercio exterior y la protección de la producción nacional. La norma busca equilibrar la necesidad de abastecimiento con la protección de los intereses agrícolas internos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 10 de septiembre de 1985, publicado en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) número 245, de 12 de septiembre de 1985, establece el derecho regulador para la importación de cereales, en cumplimiento de la legislación vigente en materia de comercio exterior. Según el artículo 1, se define el derecho regulador como el mecanismo mediante el cual se establece un precio de referencia para la importación de cereales, con el fin de evitar distorsiones del mercado y garantizar la estabilidad del sector. El artículo 2 detalla que el derecho regulador se aplica a los cereales en grano, incluyendo trigo, maíz, cebada y centeno, y se calcula en base al precio de referencia internacional, ajustado a las condiciones de transporte y los costes logísticos. El artículo 3 establece que el derecho regulador se aplicará a las importaciones realizadas por empresas autorizadas, bajo el control de la Administración competente. En el artículo 4, se establece que el derecho regulador se calcula en función del precio de adquisición en el mercado internacional, ajustado por un margen que refleja los costes de transporte, seguros y otros gastos asociados. El artículo 5 establece que el derecho regulador se aplicará en los casos en que el precio de importación sea inferior al precio de referencia, con el fin de evitar la entrada de cereales a precios desfavorables para los productores nacionales. El artículo 6 detalla que el derecho regulador se aplicará en los casos en que la importación de cereales afecte negativamente a la producción nacional o a la seguridad alimentaria del país. Además, se establece que el derecho regulador podrá ser modificado en caso de cambios significativos en las condiciones del mercado internacional o en la producción nacional. Este orden ministerial se complementa con otros instrumentos normativos, como el Reglamento de la Comisión (CE) nº 1255/1999, que establece normas comunes para la importación de cereales en la Unión Europea. La norma busca garantizar la coherencia entre la política comercial nacional y los marcos de la Unión Europea. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial de 1985 establece un marco regulatorio para la importación de cereales, con el objetivo de proteger la producción nacional y garantizar la estabilidad del mercado. La norma establece un derecho regulador basado en precios internacionales y costes logísticos, aplicable a empresas autorizadas. La norma se complementa con otros instrumentos europeos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho regulador**: Se establece un mecanismo para fijar precios de referencia en la importación de cereales. ⚠️ **Protección de la producción nacional**: La norma busca evitar distorsiones del mercado y proteger a los agricultores locales. 📋 **Aplicación a empresas autorizadas**: Solo se aplica a importaciones realizadas por empresas con autorización oficial. ℹ️ **Complemento europeo**: La norma se alinea con el marco regulatorio de la Unión Europea. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 10 de septiembre de 1985 - **Materias**: Comercio exterior, agricultura, regulación de precios - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: importación, cereales, derecho regulador, comercio exterior, protección agrícola **Total de palabras**: 685 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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