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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 25 de septiembre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.

BOE-A-1985-20002Publicada: 26/09/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 25 de septiembre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la i ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 25 de septiembre de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales en el ámbito nacional. 2. **CONTEXTO** Esta norma fue emitida en el contexto de la regulación del comercio exterior de productos agrarios en España. Durante la década de 1980, el país enfrentaba desafíos en la seguridad alimentaria y la estabilidad del mercado cerealero. La norma busca garantizar un marco legal claro para el control de la importación de cereales, con el fin de proteger la producción nacional y mantener el equilibrio en el mercado interno. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 25 de septiembre de 1985, publicada en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) el 26 de septiembre de 1985, establece el derecho regulador para la importación de cereales, concretamente trigo, maíz, cebada, avena y centeno. El derecho regulador se define como el valor que se utiliza para determinar el precio de importación, y se calcula en base al valor de los cereales en el mercado interno, más un margen de beneficio para el importador. Según el artículo 1 de la Orden, el derecho regulador se fija anualmente y se publica en el BOE. El artículo 2 establece que el derecho regulador se calcula en función del precio de los cereales en el mercado interno, más un margen de 10% para el importador. Este margen se considera necesario para garantizar la viabilidad económica del sector importador. El artículo 3 detalla que el derecho regulador se aplica a todos los cereales importados, salvo aquellos que se beneficien de acuerdos comerciales internacionales o de la Unión Europea. En el caso de los cereales importados bajo acuerdos preferenciales, se aplicará el derecho regulador establecido en la norma, salvo que se indique lo contrario en los términos del acuerdo. El artículo 4 establece que el derecho regulador se revisará anualmente, en función de la evolución del mercado interno y de las condiciones económicas generales. La revisión se realizará en el mes de julio, y el nuevo derecho regulador entrará en vigor al mes siguiente. La Orden también establece que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación será el encargado de la aplicación y control del derecho regulador, así como de la publicación de los datos relevantes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1985 establece un marco legal para el derecho regulador de la importación de cereales, con el objetivo de proteger el mercado interno y garantizar la viabilidad económica del sector importador. El derecho se calcula en base al precio interno más un margen de 10%, y se revisa anualmente. El Ministerio de Agricultura se encarga de su aplicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho regulador**: Se establece como base para el cálculo del precio de importación de cereales. ⚠️ **Margen de 10%**: Se incluye para garantizar la viabilidad económica del importador. 📋 **Revisión anual**: El derecho se revisa cada año en función del mercado interno. ℹ️ **Aplicación ministerial**: El Ministerio de Agricultura se encarga de su aplicación y control. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 25 de septiembre de 1985 - **Materias**: Comercio exterior, agricultura, derecho regulador - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: derecho regulador, importación, cereales, comercio exterior, Ministerio de Agricultura ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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