Orden de 19 de septiembre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de productos sometidos a este régimen, excepto cereales.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 19 de septiembre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la i ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 19 de septiembre de 1985 establece el derecho regulador para la importación de productos sometidos a este régimen, con excepción de los cereales. 2. **CONTEXTO** La norma fue emitida en el marco de la regulación de importaciones en el ámbito nacional. Se busca establecer un marco legal claro para el control de la entrada de productos en el territorio nacional. La norma se enmarca en el sistema de control de importaciones vigente en la época. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 19 de septiembre de 1985 establece el derecho regulador para la importación de productos sometidos a este régimen, con excepción de los cereales. El derecho regulador se define como el valor que se utiliza para determinar el impuesto de importación aplicable a los productos importados. Este valor se fija en base a los precios de referencia establecidos por el Ministerio de Economía y Hacienda. La norma establece que el derecho regulador se calcula según el valor de los productos en el mercado internacional, con ajustes por el costo de transporte y otros gastos asociados. Además, se establece que los productos importados que no estén sometidos a este régimen, como los cereales, se sujetarán a otros regímenes de control y tarifas. La norma también establece que el Ministerio de Economía y Hacienda será el encargado de la fijación y actualización periódica del derecho regulador. Se establece que el derecho regulador se aplicará a todos los productos importados, salvo los mencionados en la norma. La norma se aplica a partir de la fecha de entrada en vigor, que se establece en el texto de la orden. La norma no establece excepciones específicas, salvo la mencionada para los cereales. La norma se complementa con otras normas vigentes en el momento de su entrada en vigor, que regulan aspectos relacionados con la importación y el comercio exterior. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 19 de septiembre de 1985 establece el derecho regulador para la importación de productos, con excepción de los cereales. Se fija un marco legal para el cálculo y aplicación del impuesto de importación. La norma se enmarca en el sistema de control de importaciones vigente en la época. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Establece el derecho regulador para la importación de productos. ⚠️ Excepción para los cereales, que se sujetan a otro régimen. 📋 Fija el cálculo del impuesto de importación según precios internacionales. ℹ️ El Ministerio de Economía y Hacienda es responsable de su actualización. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 19 de septiembre de 1985 - **Materias**: Importación, comercio exterior, impuestos, regulación - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 600 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────