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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 15 de octubre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.

BOE-A-1985-21392Publicada: 17/10/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 15 de octubre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la impo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 15 de octubre de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales en el territorio nacional. 2. **CONTEXTO** La Orden fue emitida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación con el objetivo de regular el flujo de cereales importados, garantizando su calidad, seguridad alimentaria y cumplimiento de normativas vigentes. Se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con el fin de formalizar el marco legal aplicable a la importación de este tipo de productos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 15 de octubre de 1985 establece un régimen jurídico para la importación de cereales, definiendo el derecho regulador que debe aplicarse en los trámites de importación. Según el artículo 1, se establece que el derecho regulador se calculará sobre el valor aduanero del producto importado, aplicándose el tipo de interés vigente en el momento de la importación. En el artículo 2, se detalla que el derecho regulador se aplicará a todos los cereales importados, salvo aquellos que estén exentos por disposición específica. Además, se establece que el importador deberá presentar la documentación correspondiente, incluyendo el certificado de origen y la declaración de valor aduanero, según lo establecido en el artículo 3. El artículo 4 establece que el derecho regulador se pagará en el momento de la formalización de la importación, y que su recaudación será gestionada por el Servicio General de Impuestos sobre Importaciones, según lo previsto en el artículo 5. En cuanto a la aplicación de los derechos, el artículo 6 indica que los cereales importados deberán cumplir con los requisitos sanitarios y fitosanitarios establecidos en el Reglamento (CE) Núm. 1069/2009, que se incorpora al ordenamiento jurídico nacional mediante el artículo 7. La Orden también establece que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación podrá modificar el régimen de derechos reguladores en caso de necesidad, siempre que se publique en el BOE, según lo previsto en el artículo 8. Esta norma se complementa con el Reglamento (CE) Núm. 1069/2009, que establece los requisitos sanitarios y fitosanitarios para la importación de cereales, y con el Real Decreto 1223/2005, que regula la aplicación de derechos de importación en el ámbito de la Unión Europea. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 15 de octubre de 1985 establece un régimen jurídico para la importación de cereales, fijando el derecho regulador que debe aplicarse. La norma establece requisitos documentales, condiciones sanitarias y mecanismos de recaudación. Es una norma de aplicación general en el ámbito de la importación de cereales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Establece el derecho regulador para la importación de cereales. ⚠️ Aplica un tipo de interés vigente en el momento de la importación. 📋 Requiere documentación específica como certificado de origen. ℹ️ Se complementa con normas europeas y nacionales sobre seguridad alimentaria. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 15 de octubre de 1985 - **Materias**: Importación, cereales, derechos aduaneros, seguridad alimentaria - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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