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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 30 de septiembre de 1985 por la que se delegan determinadas funciones de este Ministerio en el Presidente del Tribunal Económico-Administrativo Central.

BOE-A-1985-21112Publicada: 14/10/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 30 de septiembre de 1985 por la que se delegan determinadas funciones d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 30 de septiembre de 1985 delega en el Presidente del Tribunal Económico-Administrativo Central la facultad de adscripción de vocales jefes de secciones jurisdiccionales a las distintas vocalías del Tribunal, con el objetivo de optimizar su funcionamiento interno y adaptarlo a las necesidades de tramitación de recursos y reclamaciones. 2. **CONTEXTO** La norma surge en un marco de reorganización interna del Tribunal Económico-Administrativo Central, buscando agilizar su gestión y mejorar la eficiencia en la atención a los asuntos que le competen. Para ello, se hace uso de la delegación prevista en la Orden de 3 de marzo de 1983, que otorga al Ministerio la facultad de asignar funciones a las vocalías del Tribunal. La medida busca garantizar una distribución flexible de tareas y recursos, adaptándose a la dinámica de trabajo del organismo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden se fundamenta en el artículo 22.3 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, que otorga al Ministerio la atribución de delegar funciones en el Presidente del Tribunal. Concretamente, se delega la facultad de adscripción de los vocales jefes de secciones jurisdiccionales a las distintas vocalías del Tribunal, con el fin de adaptar su organización interna a las necesidades operativas. La norma se refiere al artículo 7 de la Orden de 3 de marzo de 1983, que establece la adscripción de vocales jefes a las vocalías del Tribunal, y la extiende a la delegación ministerial. La delegación permite al Presidente del Tribunal organizar internamente la asignación de vocales jefes, facilitando la coordinación entre las secciones y vocalías. Esto implica que el Presidente podrá redistribuir funciones según la carga de trabajo, la especialización requerida o la urgencia de los asuntos. La norma no modifica la competencia del Tribunal, sino que facilita su gestión interna mediante una asignación flexible de recursos humanos. La estructura legal se basa en la delegación de poderes, un mecanismo común en el derecho administrativo español para adaptar la organización interna de organismos públicos. La Orden no introduce nuevas competencias, sino que reorganiza la asignación existente, garantizando que el Tribunal pueda operar de manera más eficiente. La norma también refleja la importancia de la coordinación entre el Ministerio y el Tribunal, alineando sus funciones para optimizar el servicio público. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden establece una delegación ministerial que permite al Presidente del Tribunal Económico-Administrativo Central organizar internamente la asignación de vocales jefes, mejorando su eficiencia. La medida se fundamenta en la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado y en la Orden de 1983, garantizando la continuidad de la organización del Tribunal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Delegación de funciones**: El Presidente del Tribunal puede adscribir vocales jefes a distintas vocalías, optimizando su gestión interna. ⚠️ **Referencia a la Orden de 1983**: La norma se basa en el artículo 7 de la Orden de 3 de marzo de 1983, que establece la adscripción de vocales jefes. 📋 **Fundamento legal**: Art. 22.3 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado. ℹ️ **Objetivo**: Agilizar el desarrollo interno del Tribunal y adaptar su organización a las necesidades operativas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden - **Fecha**: 30 de septiembre de 1985 - **Materias**: Derecho Administrativo, Procedimiento Administrativo - **Relevancia**: ALTA (afecta la organización interna del Tribunal Económico-Administrativo Central y su eficiencia en la tramitación de recursos). ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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