Orden de 10 de octubre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 10 de octubre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la impo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 10 de octubre de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales en el país. 2. **CONTEXTO** Este orden fue emitido en el marco de la regulación del comercio exterior y la protección de los mercados internos. Durante la época, el gobierno buscaba controlar la entrada de productos agrícolas para garantizar la seguridad alimentaria y la estabilidad económica. La norma se enmarca en el sistema de control de importaciones vigente en la época. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 10 de octubre de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales, con el objetivo de garantizar la seguridad alimentaria y la estabilidad del mercado interno. El derecho regulador se define como el precio máximo que puede aplicarse para la importación de cereales, con el fin de evitar la entrada de productos a precios desfavorables que podrían afectar a los productores locales. El derecho regulador se fija en base a los costos de producción, transporte y otros gastos asociados a la producción nacional, con un margen que se determina en función del nivel de desarrollo técnico y económico del país. Según el artículo 1, el derecho regulador se calcula como el costo de producción más el 10% del costo de transporte, más un margen de 5% para cubrir otros gastos. El artículo 2 establece que el derecho regulador se aplica a todos los cereales importados, incluyendo trigo, maíz, arroz y otros cereales de uso alimentario. Además, se establece que el derecho regulador no se aplica a las importaciones destinadas a la producción industrial o a la exportación. El artículo 3 detalla el procedimiento para la determinación del derecho regulador, que debe realizarse anualmente por el Ministerio de Agricultura y Alimentación. El Ministerio debe publicar el cálculo en el Boletín Oficial del Estado, junto con la justificación de los datos utilizados. El artículo 4 establece que los importadores deben cumplir con el derecho regulador en el momento de la aduana, y que cualquier importación que no cumpla con este requisito será rechazada. Además, se establece que los importadores deben presentar documentación justificativa de los costos y gastos asociados a la importación. Este orden fue emitido en el marco de la regulación del comercio exterior y la protección de los mercados internos, con el objetivo de garantizar la seguridad alimentaria y la estabilidad económica. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden establece un marco regulatorio para la importación de cereales, con el objetivo de proteger a los productores locales. Establece un derecho regulador basado en costos y gastos. Es una norma de aplicación histórica pero relevante para el control de importaciones. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Establece el derecho regulador para la importación de cereales. ⚠️ Aplica a todos los cereales de uso alimentario, excepto aquellos destinados a la producción industrial o a la exportación. 📋 El cálculo se basa en costos de producción, transporte y otros gastos. ℹ️ El derecho regulador se fija anualmente por el Ministerio de Agricultura y Alimentación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 10 de octubre de 1985 - **Materias**: Comercio exterior, agricultura, seguridad alimentaria - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: derecho regulador, importación, cereales, comercio exterior, seguridad alimentaria ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────