Resolución de 7 de octubre de 1985, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se establecen las normas para la reinversión mediante canje voluntario, prevista en el número 7 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 4 de octubre de 1985, para los títulos amortizados en 1985 de la Deuda del Estado, interior y amortizable, al 13 por 100, de 20 de diciembre de 1980; al 12,50 por 100, de 20 de diciembre de 1981, y al 12,75 por 100, de 20 de diciembre de 1982.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 7 de octubre de 1985, de la Dirección General del Tesoro y Polític ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 7 de octubre de 1985 establece las normas para la reinversión mediante canje voluntario de títulos amortizados en 1985 de la Deuda del Estado, interior y amortizable, al 13, 12,50 y 12,75 por 100, en favor de títulos desgravables al 11,50 por 100, de emisión 20 de diciembre de 1985. **2. CONTEXTO** La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 4 de octubre de 1985 otorga a los titulares de títulos amortizados en 1985 el derecho a reinvertir su importe nominal en títulos desgravables al 11,50 por 100. La presente Resolución, dictada por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, detalla las condiciones, procedimientos y límites para su aplicación. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución regula la reinversión de títulos amortizados en 1985 mediante canje voluntario, prevista en el número 7 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 4 de octubre de 1985. Según el artículo 7, los titulares de títulos amortizados al 13, 12,50 y 12,75 por 100, de 20 de diciembre de 1980, 1981 y 1982, podrán reinvertir su importe nominal en títulos desgravables al 11,50 por 100, de emisión 20 de diciembre de 1985, sin gastos para el titular (artículo 2). La reinversión se realizará en las condiciones establecidas en la Orden del Ministerio y en esta Resolución. En el artículo 3, se establece que, en caso de prorrateo, el límite de 15.000 millones de pesetas se repartirá proporcionalmente al nominal de las solicitudes de reinversión para cada emisión, procediendo de forma independiente. Los títulos amortizados que no puedan reinvertirse serán reembolsados a la mayor brevedad posible (artículo 3). La Resolución también establece plazos y procedimientos: los solicitantes deberán presentar sus peticiones hasta el 20 de diciembre de 1985 (artículo 8.1), con un plazo adicional de siete días naturales para quienes presenten la relación en soporte magnético (artículo 9.2). El Banco de España será responsable de establecer las reglas para la ejecución de la norma (artículo 9.3). En cuanto a la fecha de reinversión, el canje se realizará el 20 de diciembre de 1985, fecha de vencimiento de los títulos amortizados (artículo 10.1). Los intereses de los títulos amortizados y reinvertidos se reclamarán conjuntamente con los de los títulos no reinvertidos (artículo 10.2). Los títulos desgravables recibidos en canje tendrán todos sus derechos completos (artículo 10.3). Además, el Servicio de Coordinación de Bolsas coordinará la cancelación anticipada de saldos de operaciones sobre títulos amortizados el 20 de diciembre de 1985, asegurando la congruencia con la Resolución (artículo 11). **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece un mecanismo de reinversión mediante canje para títulos amortizados en 1985, con condiciones claras, plazos definidos y participación del Banco de España. Su objetivo es garantizar la continuidad de la deuda pública y la transparencia en el proceso. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Reinversión mediante canje**: Titulares de títulos amortizados en 1985 pueden reinvertir en títulos desgravables al 11,50 por 100. ⚠️ **Prorrateo y límites**: El límite de 15.000 millones de pesetas se reparte proporcionalmente entre las emisiones. 📋 **Procedimientos y plazos**: El Banco de España establece las reglas, y el plazo de solicitud es hasta el 20 de diciembre de 1985. ℹ️ **Derechos de los títulos nuevos**: Los títulos desgravables recibidos en canje tienen todos sus derechos completos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Dirección General del Tesoro y Política Financiera. - **Tipo**: Resolución ministerial. - **Fecha**: 7 de octubre de 1985. - **Materias**: Deuda pública, reinversión, prorrateo, gestión de títulos. - **Relevancia**: ALTA (regula un mecanismo clave para la gestión de la deuda estatal). ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────