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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 1346/1985, de 17 de julio, por el que se reglamenta la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva.

BOE-A-1985-20898Publicada: 10/10/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 1346/1985, de 17 de julio, por el que se ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1346/1985, de 17 de julio, se corrige mediante correcciones de errores en su texto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 185, de 3 de agosto de 1985. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1346/1985 regula la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, sobre las Instituciones de Inversión Colectiva. Durante su publicación, se detectaron errores tipográficos y gramaticales en el texto original. Estos errores afectan la precisión y la aplicación legal de las normas establecidas. Por ello, se emitió una corrección para garantizar la correcta interpretación y aplicación de las disposiciones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1346/1985, de 17 de julio, fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 185, de 3 de agosto de 1985, páginas 24641 a 24657. Posteriormente, se corrigieron diversos errores en su texto, incluyendo: - **Artículo 1.1, párrafo tercero**: Se corrige «Sociedades de Reafinanzamiento» por «Sociedades de Reafianzamiento». - **Artículo 2.2, párrafo primero**: Se corrige «o política de otras sociedades» por «o política en otras sociedades». - **Artículo 9.5**: Se corrige «condición de la autorización» por «concesión de la autorización». - **Artículo 11**: Se corrige «La denominaciones» por «Las denominaciones». - **Artículo 12.2, apartado b)**: Se corrige «no existen movimiento» por «no existe movimiento». - **Artículo 13.2, párrafo segundo**: Se corrige «títulos emitidos a cotización» por «títulos admitidos a cotización». - **Artículo 45.5**: Se corrige «no podrá exceder del 4 por 100 anual» por «no podrá exceder del 4 por 1.000 anual». - **Artículo 51.2**: Se corrige «en la forma que determina el Ministerio» por «en la forma que determine el Ministerio». - **Artículo 52.3**: Se corrige «se patará» por «se pactará». - **Artículo 53.1, apartado a)**: Se corrige «párragos siguientes» por «párrafos siguientes». - **Artículo 57.4**: Se corrige «derecho a reintegro» por «derecho de reintegro». - **Artículo 61, apartado d)**: Se corrige «4 por lOO» por «4 por 1.000». - **Artículo 66, párrafo primero**: Se corrige «obligaciones formales o denormas» por «obligaciones formales o de normas». - **Artículo 69**: Se corrige «corresonderá la imposición» por «corresponderá la imposición», y «Instituciones de Inversión Colectivas» por «Instituciones de Inversión Colectiva». - **Artículo 70, última línea**: Se corrige «precedente en este caso» por «procedente en este caso». - **Artículo 75.1, apartado c)**: Se corrige «vigentes en el Impuestos sobre la Renta» por «vigentes en el Impuesto sobre la Renta». - **Artículo 75.2**: Se corrige «Sociedades de Inversión Moblidiaria» por «Sociedades de Inversión Mobiliaria». - **Artículo 78.1**: Se corrige «acediendo el régimen fiscal» por «acediendo al régimen fiscal». - **Disposición derogatoria, párrafo cuarto**: Se corrige «Orden del Ministerio de hacienda de 1 de diciembre de 1970» por «Orden del Ministerio de Hacienda de l de diciembre de 1970». Estas correcciones buscan garantizar que el texto del Real Decreto sea coherente, legible y aplicable correctamente, evitando malentendidos o errores en la interpretación de las normas. Cada corrección se realiza en el contexto de la normativa vigente sobre las Instituciones de Inversión Colectiva, lo que refleja la importancia de la precisión en el lenguaje jurídico. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1346/1985 fue corregido para eliminar errores en su texto. Las correcciones afectan a varios artículos y disposiciones, garantizando la claridad y la aplicación correcta de la normativa. La corrección se realizó con base en el texto original publicado en el «Boletín Oficial del Estado». 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se corrigieron errores tipográficos y gramaticales en el texto del Real Decreto. ⚠️ **Precisión normativa**: La corrección es fundamental para garantizar la correcta aplicación de las normas. 📋 **Artículos afectados**: Se corrigieron múltiples artículos, incluyendo disposiciones sobre reafianzamiento, autorizaciones, títulos cotizados y otros aspectos. ℹ️ **Relevancia**: La corrección refleja la importancia de la exactitud en el lenguaje jurídico. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 3 de agosto de 1985 - **Materias**: Instituciones de Inversión Colectiva, Derecho financiero - **Relevancia**: ALTA Palabras: 687 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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