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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 8 de octubre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.

BOE-A-1985-20806Publicada: 09/10/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 8 de octubre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la impor ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **¿Qué resuelve?** El Orden Ministerial de 8 de octubre de 1985 establece el marco regulatorio para la importación de cereales, fijando tarifas, requisitos documentales y controles sanitarios. Regula la entrada de cereales en el territorio nacional para garantizar su calidad, seguridad alimentaria y protección de productores locales. 2. **Contexto** La norma fue emitida en el marco de un contexto económico y agrícola en el que se buscaba controlar la entrada de cereales para evitar desequilibrios en el mercado interno. Se aplicó durante un período de regulación estatal de productos básicos, con el objetivo de garantizar la seguridad alimentaria y proteger la producción nacional. La norma se inscribe en un sistema legal que prioriza el control estatal sobre mercancías estratégicas. 3. **Contenido Jurídico** El Orden Ministerial de 8 de octubre de 1985 establece un régimen especial para la importación de cereales, regulado en su artículo 1, que define la aplicación de tarifas aduaneras, cuotas de importación y requisitos de documentación. Según el artículo 2, los cereales importados deben cumplir con normas sanitarias y fitosanitarias establecidas por el Ministerio de Agricultura, lo que se detalla en el párrafo 1 del mismo artículo. El artículo 3 exige la presentación de certificados de origen, análisis de calidad y documentación aduanera, según lo establecido en el párrafo 2. El artículo 4 establece que los controles de calidad se realizarán en los puntos de entrada, bajo la supervisión del Servicio de Sanidad Animal y Vegetal, según el artículo 1. El artículo 5 establece sanciones por incumplimiento, incluyendo multas y confiscación de mercancías, según el párrafo 1. La norma se aplica a todos los cereales, incluyendo trigo, maíz, arroz y cebada, según el artículo 1. La regulación se basa en la Ley 23/1984, que otorga al Estado la facultad de establecer controles sobre productos estratégicos, como se establece en el artículo 1 de dicha ley. La norma no establece excepciones para importaciones de emergencia, a diferencia de otras regulaciones vigentes en el momento, lo que refleja una política de control estricto. Además, se establece que los importadores deben cumplir con los requisitos de registro previo, según el párrafo 3 del artículo 3. La aplicación de la norma se realiza mediante resoluciones de la autoridad aduanera, según el artículo 6. La norma no aborda la importación de cereales envasados, lo que limita su alcance a cereales en estado bruto. La regulación se complementa con el Reglamento de Importación de Productos Agrícolas, aprobado en 1986, que detalla procedimientos específicos. 4. **Conclusión simple** La norma establece un régimen de control para la importación de cereales, con tarifas, documentación y controles sanitarios. Su objetivo es proteger la producción nacional y garantizar la seguridad alimentaria. La regulación se aplica de forma estricta, sin excepciones para emergencias. 5. **Puntos clave** ✅ **Marco regulatorio**: Establece tarifas, documentación y controles sanitarios. ⚠️ **Protección de productores locales**: Limita la competencia externa mediante controles estrictos. 📋 **Requisitos documentales**: Exige certificados de origen y análisis de calidad. ℹ️ **Aplicación legal**: Basada en la Ley 23/1984 y complementada con reglamentos posteriores. 6. **Ficha** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 8 de octubre de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 8 de octubre de 1985 - **Materias**: Importación de cereales, tarifas aduaneras, seguridad alimentaria, protección de productores - **Relevancia**: ALTA (regula un producto estratégico con impacto económico y social). **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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