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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1986/1985, de 9 de octubre, sobre valoración definitiva, ampliación y modificación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de puertos.

BOE-A-1985-22257Publicada: 28/10/1985PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1986/1985, de 9 de octubre, sobre valoración definitiva, ampliación ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1986/1985 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta sobre la valoración definitiva del coste efectivo de los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de puertos, así como la ampliación y modificación de los medios transferidos. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 3059/1982 traspasó funciones y servicios relacionados con puertos a la Comunidad Valenciana, pero solo incluía una valoración provisional. Para darle carácter definitivo, fue necesario realizar una valoración definitiva y ampliar los medios personales, patrimoniales y presupuestarios. La Comisión Mixta, prevista en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, adoptó en 1983 un acuerdo que se aprueba mediante este Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1986/1985, de 9 de octubre de 1985, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta sobre la valoración definitiva del coste efectivo de los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de puertos, así como la ampliación y modificación de los medios transferidos. Este acuerdo fue adoptado en la reunión de la Comisión Mixta del 27 de junio de 1983, y se basa en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, aprobado por la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio. El acuerdo establece que el coste efectivo de los servicios traspasados se eleva a 162.147.000 pesetas, mientras que las tasas y otros ingresos ascienden a 94.380.000 pesetas, según el detalle que figura en la relación 3.1(+). La carga asumida es de 67.767.000 pesetas. Los recursos financieros destinados a sufragar los gastos originados por el desempeño de los servicios traspasados durante el ejercicio de 1985 comprenden las siguientes dotaciones: asignaciones presupuestarias para cobertura del coste efectivo (detalladas en la relación 3.2(+)) de 221.752 miles de pesetas, y recaudación prevista por tasas y otros ingresos de 129.074 miles de pesetas. Transitoriamente, hasta que el coste efectivo se comparta para determinar el porcentaje de participación de la Comunidad Autónoma en los ingresos del Estado, mediante la consolidación en la sección 32 de los Presupuestos Generales del Estado de los créditos relativos a los distintos componentes del coste efectivo por los importes que se indican, susceptibles de actualización por los mecanismos generales en cada ley de presupuestos. Los créditos en pesetas de 1981 se detallan en los siguientes apartados: A) Costes brutos: - Gastos de personal: 59.906.000 pesetas - Gastos de funcionamiento: 15.001.000 pesetas - Inversiones para conservación, mejora y sustitución: 87.240.000 pesetas - Total: 162.147.000 pesetas B) A deducir: - Recaudación anual por tasas y otros ingresos: 94.380.000 pesetas - Financiación neta: 67.767.000 pesetas C) Fecha de efectividad de la ampliación y modificación de medios: El traspaso de los bienes, derechos y obligaciones, así como del personal y créditos presupuestarios, a los cuales se hace referencia en este acuerdo, tendrá efectividad a partir de la entrada en vigor del Real Decreto por el que se aprueba este acuerdo. El Real Decreto fue expedido en Madrid el 9 de octubre de 1985, firmado por las secretarias de la Comisión Mixta, C. T. S. y M. B. B. P. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1986/1985 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta sobre la valoración definitiva de los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de puertos. Establece la cuantificación del coste efectivo, la recaudación y la carga asumida, así como la dotación presupuestaria necesaria. La efectividad del traspaso se produce a partir de la entrada en vigor del Real Decreto. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Valoración definitiva del coste efectivo**: Se establece en 162.147.000 pesetas. ⚠️ **Carga asumida**: Se fija en 67.767.000 pesetas. 📋 **Dotación presupuestaria**: Se detallan las asignaciones para cubrir el coste efectivo y la recaudación por tasas. ℹ️ **Efectividad del traspaso**: Se produce a partir de la entrada en vigor del Real Decreto. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Normativa de traspaso de competencias - **Fecha**: 9 de octubre de 1985 - **Materias**: Autonomía, puertos, traspaso de servicios, presupuestos - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 1986/1985, Comisión Mixta, valoración definitiva, traspaso de servicios, presupuestos, Comunidad Valenciana, Estatuto de Autonomía. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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