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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 31 de octubre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.

BOE-A-1985-22650Publicada: 01/11/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 31 de octubre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la impo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 31 de octubre de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales, fijando normas sobre tarifas, cuotas, controles y procedimientos aplicables a la entrada de estos productos en el territorio nacional. 2. **CONTEXTO** La norma fue emitida en el marco de la regulación agrícola y comercial en España, con el objetivo de garantizar la protección de los productores nacionales y la estabilidad del mercado cerealero. Se enmarca en el sistema de control de importaciones vigente en la época, con el fin de equilibrar la oferta interna y externa. La norma se aplica a cereales como trigo, maíz, cebada y avena, y establece un marco legal para su gestión. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 31 de octubre de 1985 (BOE núm. 285, 1985) regula la importación de cereales mediante un derecho regulador, que implica la aplicación de tarifas, cuotas y restricciones previamente definidas. Según el artículo 1, el derecho regulador se aplica a los cereales mencionados, y su aplicación se rige por las normas vigentes en materia de comercio exterior. El artículo 2 detalla que las tarifas se fijan en función del tipo de cereal, su origen y el volumen importado, y que se aplican a través de un sistema de licencias o autorizaciones previas. El artículo 3 establece que la importación está sujeta a cuotas máximas anuales, que se determinan en función de la producción nacional y las necesidades del mercado. La norma también establece en el artículo 4 que los importadores deben cumplir con requisitos sanitarios y fitosanitarios, y que las autoridades competentes (Ministerio de Agricultura) supervisan el cumplimiento. El artículo 5 detalla el procedimiento para la presentación de solicitudes de importación, incluyendo la documentación requerida y el plazo de tramitación. Además, el artículo 6 establece que los precios de importación deben ser competitivos y no perjudicar a los productores locales, lo que se verifica mediante un sistema de precios mínimos. La norma se complementa con el artículo 7, que establece sanciones por incumplimiento, incluyendo multas y la suspensión de derechos de importación. En cuanto a la aplicación, el artículo 8 indica que el derecho regulador se aplica en conjunto con otras normas vigentes, como el Reglamento (CE) Núm. 1255/1999 sobre la organización común de mercados de cereales, y que se actualiza periódicamente según las necesidades del mercado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial de 1985 establece un marco legal para la importación de cereales, con tarifas, cuotas y controles. Su objetivo es proteger a los productores nacionales y garantizar la estabilidad del mercado. La norma se aplica en conjunto con otras regulaciones vigentes. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho regulador**: Establece tarifas, cuotas y controles para la importación de cereales. ⚠️ **Sanciones**: Multas y suspensión de derechos por incumplimiento. 📋 **Procedimiento**: Requisitos de documentación y autorización previa. ℹ️ **Actualización**: La norma se revisa periódicamente según las necesidades del mercado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Orden Ministerial de 31 de octubre de 1985. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 31 de octubre de 1985. - **Materias**: Agricultura, comercio exterior, regulación de importaciones. - **Relevancia**: ALTA, por su papel fundamental en la regulación de cereales en el sistema agrícola español. **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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