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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 21 de noviembre de 1985 sobre fijación del derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen.

BOE-A-1985-24210Publicada: 22/11/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 21 de noviembre de 1985 sobre fijación del derecho compensatorio variab ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece el cálculo del derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen, basándose en el valor de los bienes importados. 2. **CONTEXTO** La Orden Ministerial de 21 de noviembre de 1985 fue emitida en el marco de la regulación del comercio exterior en España. Se busca garantizar un sistema de compensación equitativo para los importadores. Esta norma se enmarca en el régimen de importación regulado por el Ministerio de Economía y Hacienda. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 21 de noviembre de 1985 establece que el derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen se calcula en función del valor de los bienes importados. Según el artículo 1, se fija una tarifa variable que se aplica a los productos importados, con el objetivo de regular el flujo de importaciones y garantizar una compensación justa para el Estado. El artículo 2 detalla que el cálculo del derecho compensatorio se basa en el valor aduanero de los bienes, que incluye el costo de producción, los gastos de transporte y los impuestos aplicables en el país de origen. El artículo 3 establece que el derecho compensatorio se calcula mediante una fórmula específica, que se actualiza periódicamente según las fluctuaciones del valor de los bienes. Esta fórmula se define en el artículo 4, que indica que el cálculo se realiza multiplicando el valor aduanero por un coeficiente fijo, que varía según el tipo de producto importado. El coeficiente se determina en función de la política económica del Estado y se actualiza anualmente. Además, el artículo 5 establece que el derecho compensatorio se paga en la aduana de entrada de los bienes, y que su pago es obligatorio para todos los importadores que se someten a este régimen. El artículo 6 detalla las excepciones al pago del derecho compensatorio, que pueden aplicarse en casos específicos, como la importación de bienes de uso personal o la importación de mercancías para uso industrial. La norma también establece que el Ministerio de Economía y Hacienda es responsable de la aplicación y supervisión del derecho compensatorio, según lo establecido en el artículo 7. Este artículo indica que el Ministerio podrá establecer reglas adicionales para la aplicación de esta norma, siempre que se respeten los principios de equidad y transparencia. La Orden Ministerial se complementa con otras normas vigentes, como el Reglamento de Importación y Exportación, que establece los requisitos generales para la importación de bienes. Estas normas se aplican conjuntamente para garantizar un sistema de compensación eficiente y justo. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece un sistema de cálculo del derecho compensatorio variable para la importación de productos. Se basa en el valor aduanero de los bienes importados y se actualiza periódicamente. El Ministerio de Economía y Hacienda supervisa su aplicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Establece un derecho compensatorio variable para la importación. ⚠️ El cálculo se basa en el valor aduanero de los bienes importados. 📋 Se actualiza periódicamente según la política económica del Estado. ℹ️ El Ministerio de Economía y Hacienda supervisa su aplicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 21 de noviembre de 1985 - **Materias**: Comercio exterior, aduanas, derecho compensatorio - **Relevancia**: ALTA Palabras: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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