Ley 37/1985, de 18 de noviembre, por la que se autoriza al Ministerio de Economía y Hacienda para la enajenación en pública subasta de una finca urbana sita en Madrid.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Ley 37/1985, de 18 de noviembre, por la que se autoriza al Ministerio de Economí ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 37/1985 autoriza al Ministerio de Economía y Hacienda para la enajenación en pública subasta de una finca urbana ubicada en Madrid, valorada en 1.069.381.440 pesetas. 2. **CONTEXTO** La finca en cuestión fue entregada al Patrimonio del Estado por la Comisión de Planeamiento y Coordinación del Área Metropolitana de Madrid, como compensación por derechos aportados en la reparcelación de la zona comercial del paseo de la Castellana. El Ministerio de Economía y Hacienda declaró el inmueble alienable y lo tasó en una cantidad superior a 200 millones de pesetas, lo que exige su venta mediante Ley. La enajenación se realiza en pública subasta. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 37/1985, de 18 de noviembre de 1985, autoriza al Ministerio de Economía y Hacienda para la enajenación en pública subasta de una finca urbana propiedad del Estado, ubicada en Madrid. La autorización se basa en la necesidad de vender el inmueble, ya que su valor supera la cifra de 200 millones de pesetas, lo que, según el artículo 62 de la Ley del Patrimonio del Estado, requiere la aprobación mediante Ley. El inmueble en cuestión, denominado Parcela B-3, B-12-A, está situado en la manzana A de la zona comercial del paseo de la Castellana (AZCA), en Madrid. Su forma es irregular, aproximadamente rectangular, y se encuentra en el ángulo SO de la fase central, dentro del anillo de circulación subterránea. Los linderos del inmueble se detallan con precisión, incluyendo líneas rectas y curvas que delimitan su extensión con otras parcelas y estructuras. La superficie total de la parcela es de 3.694,76 metros cuadrados, de los cuales 2.424,37 metros cuadrados son edificables y 1.270,39 metros cuadrados son de cesión obligatoria para incorporar a la parcela central de dominio y uso público. La finca está inscrita en el Registro de la Propiedad de Madrid, número 6, sección 2.ª, libro 1.776, tomo 2.313, finca número 68.791, con inscripción primera. La enajenación se realizará mediante pública subasta, según el artículo único de la Ley. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y se aprueba en el contexto de la reforma del patrimonio del Estado, con el objetivo de optimizar la gestión de bienes inmuebles de interés público. La enajenación se justifica por la necesidad de utilizar los recursos del Estado de manera eficiente y por la falta de alternativas viables para la conservación del inmueble. El texto legal se estructura con la firma del Rey Juan Carlos I, quien sanciona la ley, y la firma del Presidente del Gobierno, Felipe González Marquez, que ratifica la autorización. La norma se emite en el contexto de la planificación urbana y la gestión del patrimonio público en Madrid, con especial relevancia para la zona comercial del paseo de la Castellana, un área estratégica en la ciudad. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 37/1985 autoriza la venta de una finca urbana en Madrid mediante pública subasta. El inmueble fue entregado al Estado como compensación por derechos aportados en la reparcelación urbana. La venta se justifica por el valor del inmueble, que excede los 200 millones de pesetas, lo que requiere autorización legal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de enajenación**: La Ley autoriza la venta del inmueble mediante pública subasta. ⚠️ **Valor del inmueble**: El valor supera los 200 millones de pesetas, lo que exige autorización legal. 📋 **Ubicación y características**: La finca está ubicada en la zona comercial del paseo de la Castellana, con descripción detallada de linderos y superficies. ℹ️ **Procedimiento legal**: La venta se realiza en pública subasta, conforme a la normativa del patrimonio del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 37/1985 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 18 de noviembre de 1985 - **Materias**: Enajenación de bienes inmuebles, patrimonio del Estado, urbanismo, gestión de bienes públicos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: enajenación, subasta, patrimonio del Estado, Madrid, urbanismo, bienes inmuebles, ley ordinaria, valoración, compensación, gestión pública ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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