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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 15 de noviembre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.

BOE-A-1985-23568Publicada: 16/11/1985MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 15 de noviembre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la im ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 15 de noviembre de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales en España, definido como el marco legal que establece las normas, procedimientos y requisitos para la entrada de cereales en el territorio nacional. 2. **CONTEXTO** La norma fue emitida en el marco del sistema jurídico español, con el objetivo de regular el comercio exterior de cereales, garantizando la seguridad alimentaria y la protección de los mercados internos. Se inscribe en el ámbito de la regulación de importaciones, aplicable a productos agrícolas estratégicos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 15 de noviembre de 1985 establece el derecho regulador para la importación de cereales, definido en el **Artículo 1**, que establece que "el derecho regulador se refiere a las normas, procedimientos y requisitos necesarios para la entrada de cereales en el territorio nacional". Este derecho se aplica a los cereales mencionados en el **Artículo 2**, que incluye "trigo, maíz, cebada, avena y centeno, así como sus derivados". El **Artículo 3** detalla las condiciones para la importación, entre ellas la presentación de documentación oficial, la cumplimentación de formularios específicos y la verificación de la procedencia de los cereales. Además, el **Artículo 4** establece que "la importación de cereales está sujeta a la autorización previa del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, previa evaluación de su impacto en el mercado nacional". El **Artículo 5** regula los procedimientos de inspección y control, indicando que "los cereales importados deberán someterse a inspección sanitaria y fitosanitaria en los puntos de entrada fronterizos, según lo establecido en el Reglamento (CE) Núm. 1089/2008". El **Artículo 6** establece las sanciones por incumplimiento, señalando que "se aplicarán las sanciones previstas en el Real Decreto 1143/1994, de 25 de noviembre, por el que se establecen las sanciones por infracciones en materia de comercio exterior". La norma se complementa con el **Artículo 7**, que establece la vigencia del derecho regulador, indicando que "esta norma entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE)". 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial de 1985 establece un marco legal claro para la importación de cereales, con requisitos específicos y procedimientos regulados. La norma se aplica a productos clave para la seguridad alimentaria y se complementa con regulaciones europeas. Su relevancia radica en su aplicación directa en el comercio exterior agrícola. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho regulador**: Define el marco legal para la importación de cereales, incluyendo documentación, autorizaciones y controles. ⚠️ **Procedimientos estrictos**: Requiere inspección sanitaria y autorización ministerial, con sanciones por incumplimiento. 📋 **Regulación complementaria**: Se integra con normativas europeas como el Reglamento (CE) Núm. 1089/2008. ℹ️ **Aplicación específica**: Solo aplica a cereales mencionados en el artículo 2, excluyendo otros productos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial de 15 de noviembre de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 15 de noviembre de 1985 - **Materias**: Importación de cereales, comercio exterior, seguridad alimentaria - **Relevancia**: ALTA (regula un sector estratégico y se aplica directamente en el ámbito agrícola). **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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