Resolución de 12 de diciembre de 1985, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se hacen públicas las características esenciales de la Deuda del Estado, interior y amortizable, formalizada en obligaciones del Estado al 11,75 por 100, en virtud de lo dispuesto en los Reales Decretos 2312/1984, de 30 de diciembre y 1554/1985, de 1 de agosto y la Orden de 10 de septiembre de 1985, a efectos de su contratación en las Bolsas Oficiales de Comercio.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 12 de diciembre de 1985, de la Dirección General del Tesoro y Polí ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 12 de diciembre de 1985 establece las características esenciales de una emisión de obligaciones del Estado al 11,75 por 100, con un valor nominal de 30.000.000.000 de pesetas, destinada a su cotización en las Bolsas Oficiales de Comercio. 2. **CONTEXTO** La norma se emite en el marco de la regulación financiera del Estado español, concretamente en la vigencia de los Reales Decretos 2312/1984 y 1554/1985, así como en la Orden de 10 de septiembre de 1985. Su propósito es cumplir con los requisitos legales para que la deuda del Estado sea admitida a cotización oficial. La emisión se realiza en respuesta a la demanda generada en una subasta competitiva. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 12 de diciembre de 1985, emitida por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, detalla las características esenciales de una emisión de obligaciones del Estado al 11,75 por 100, con un valor nominal de 30.000.000.000 de pesetas. Esta emisión se formaliza mediante la emisión de 3.000.000 de títulos al portador, cada uno con un valor nominal de 10.000 pesetas, agrupados en series según el número de títulos por lámina (1, 10, 100 y 1.000). La emisión se realiza en virtud de las autorizaciones contenidas en los Reales Decretos 2312/1984 y 1554/1985, así como en la Orden de 10 de septiembre de 1985. En cuanto a la suscripción de los títulos, se establece que no se otorga derecho a la desgravación por inversiones regulada en el artículo 29, h) de la Ley 44/1978, de 8 de septiembre, en la redacción dada por el artículo 53 de la Ley 50/1984, de Presupuestos Generales del Estado para 1985. Esto significa que los titulares no pueden beneficiarse de ciertas exenciones fiscales aplicables a inversiones en valores públicos. La amortización de los títulos se realiza por su valor nominal a los diez años de su fecha de emisión, es decir, el 15 de noviembre de 1985. Sin embargo, tanto los tenedores como el Estado pueden solicitar la amortización a la par a los seis u ocho años de la fecha de emisión, es decir, el 15 de noviembre de 1991 o 1993, siempre que se haya solicitado en el periodo establecido. El pago de intereses se realiza por semestres vencidos, mediante transferencia bancaria, en las fechas de 15 de noviembre y 15 de mayo de cada año. El primer vencimiento de intereses corresponde al 15 de mayo de 1986, con un importe bruto de 587,59 pesetas por título. La tramitación de las operaciones relacionadas con la solicitud de abono de intereses de los valores que constituyen esta deuda se realiza en los términos establecidos en las normas dictadas por las resoluciones de la Dirección General del Tesoro de 6 de septiembre y 27 de noviembre de 1978. Estas resoluciones establecen los procedimientos específicos para la gestión de intereses en valores públicos. La norma se emite con la finalidad de garantizar el cumplimiento legal de la emisión de la deuda del Estado, permitiendo su cotización en las Bolsas Oficiales de Comercio. Además, establece los términos de emisión, amortización y pago de intereses, lo que proporciona claridad y seguridad jurídica a los titulares y al Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 12 de diciembre de 1985 establece las características de una emisión de obligaciones del Estado al 11,75 por 100, con un valor nominal de 30.000.000.000 de pesetas. Detalla los términos de emisión, amortización y pago de intereses, garantizando el cumplimiento legal de la emisión. Es una norma de relevancia media, ya que establece un marco regulatorio para la gestión de una deuda pública específica. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Emisión de obligaciones del Estado al 11,75 por 100**: Se emiten 3.000.000 de títulos al portador con valor nominal de 10.000 pesetas. ⚠️ **No derecho a desgravación fiscal**: La suscripción no otorga derecho a exenciones fiscales según el artículo 29, h) de la Ley 44/1978. 📋 **Amortización a diez años**: Los títulos se amortizan por su valor nominal a los diez años de emisión, aunque se puede solicitar amortización a la par a los seis u ocho años. ℹ️ **Pago de intereses semestral**: Los intereses se pagan cada semestre mediante transferencia bancaria en las fechas de 15 de noviembre y 15 de mayo. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 12 de diciembre de 1985 - **Tipo**: Resolución Ministerial - **Fecha**: 12 de diciembre de 1985 - **Materias**: Deuda pública, obligaciones del Estado, amortización, intereses, gestión de valores públicos - **Relevancia**: MEDIA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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