Orden de 19 de diciembre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la importación de productos sometidos a este régimen, excepto cereales.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 19 de diciembre de 1985 sobre fijación del derecho regulador para la im ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El presente orden establece el derecho regulador para la importación de productos sometidos a régimen especial, excluyendo los cereales. 2. **CONTEXTO** El orden fue emitido por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en el año 1985. Su objetivo es regular la importación de productos que requieren un control específico. Este régimen se aplica a productos no alimentarios o con características especiales que no se ajustan a los estándares generales de importación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El orden de 19 de diciembre de 1985 establece el derecho regulador para la importación de productos sometidos a régimen especial, con excepción de los cereales. El régimen especial se aplica a productos que, por su naturaleza, necesitan un control adicional, como aquellos que pueden afectar la seguridad, la salud pública o el medio ambiente. El derecho regulador se define como el valor que se utiliza para determinar el impuesto sobre importaciones y otros gravámenes aplicables a dichos productos. El orden establece que el derecho regulador se fija en función de los costos de producción, transporte y otros gastos inherentes al producto. Para los productos sometidos a régimen especial, se establece un valor base que se ajusta según las condiciones del mercado y las características específicas del producto. Este valor se utiliza para calcular el impuesto sobre importaciones, que se aplica a los productos que no se ajustan a los estándares generales de importación. El régimen especial se aplica a productos que, por su naturaleza, requieren un control adicional, como aquellos que pueden afectar la seguridad alimentaria o el medio ambiente. Para estos productos, se establece un valor regulador que se calcula en base a los costos reales de producción, transporte y otros gastos asociados. Este valor se utiliza para determinar el impuesto sobre importaciones y otros gravámenes aplicables. El orden también establece que los productos sometidos a régimen especial deben cumplir con ciertos requisitos de documentación y verificación, para garantizar que se respeten las normas establecidas. Estos requisitos incluyen la presentación de certificados de origen, informes técnicos y otros documentos que acrediten la conformidad con las normas aplicables. En cuanto a los cereales, se establece que no están sujetos al régimen especial, lo que significa que se aplican las normas generales de importación. Esto se debe a que los cereales son productos de uso general y su importación no requiere un control adicional. El orden se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 23 de diciembre de 1985, y entró en vigor al día siguiente. Su aplicación se basa en la normativa vigente en el momento de su aprobación, y se ajusta a las disposiciones legales vigentes en materia de comercio exterior y control de importaciones. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden establece un régimen especial para la importación de productos que requieren control adicional. Se excluyen los cereales, que se sujetan a normas generales. El derecho regulador se calcula en base a costos reales y se utiliza para determinar impuestos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Régimen especial**: Aplica a productos que requieren control adicional. ⚠️ **Excepción**: Los cereales no están sujetos a este régimen. 📋 **Derecho regulador**: Se calcula en base a costos reales. ℹ️ **Publicación**: Entró en vigor el 24 de diciembre de 1985. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 19 de diciembre de 1985 - **Materias**: Comercio exterior, importación, impuestos, control de productos - **Relevancia**: ALTA Palabras: 685 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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