Orden de 31 de diciembre de 1985 por la que se modifica la de 17 de mayo de 1974 relativa a la mecanización de la Contabilidad de Gastos Públicos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 31 de diciembre de 1985 por la que se modifica la de 17 de mayo de 1974 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 31 de diciembre de 1985 modifica la Orden de 17 de mayo de 1974 para actualizar las normas sobre mecanización de la contabilidad de gastos públicos, introduciendo nuevos documentos contables y procedimientos de tramitación en sistemas informáticos. **2. CONTEXTO** La Orden de 1974 establecía las bases para la mecanización de la contabilidad pública, pero la dotación de medios informáticos a las oficinas de contabilidad y la creación de documentos no contemplados en dicha norma generaron la necesidad de ajustes. Estos cambios son provisionales y preceden a una futura reforma de la contabilidad de la Administración general del Estado. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden introduce modificaciones a la normativa vigente para adaptarla a la evolución tecnológica y operativa en la gestión de gastos públicos. Los cambios principales incluyen: - **Documentos <MC>**: Se crean para contabilizar modificaciones de créditos iniciales, como créditos extraordinarios, suplementos, ampliaciones, transferencias positivas o negativas, incorporación de remanentes, etc. Estos documentos se emiten por la Dirección General de Presupuestos y pueden obtenerse mediante procedimientos informáticos (Artículo 5.6.3). - **Documentos <RC> (Retención de créditos)**: Se utilizan para afectar el estado de situación de los créditos presupuestarios. Dependiendo del estado deseado, se generan documentos <RC> específicos. - **Documentos <OK> y <ADOK>**: Se aplican en pagos descentralizados y centralizados. En el régimen descentralizado, los servicios provinciales redactan estos documentos y los remiten a las delegaciones de Hacienda para su comprobación y autorización por el intevencor y el delegado de Hacienda (Artículo 5.6.3). En el régimen centralizado, se remiten directamente al servicio de contabilidad del departamento correspondiente. - **Documentos para pagos pasivos**: Se conservan en la intervención territorial y se remiten al Ministerio de Economía y Hacienda mediante medios informáticos. - **Modificación del Artículo 5.6.3**: Se establece que los documentos contables pueden incluir operaciones referidas a una o varias aplicaciones presupuestarias, siempre que no excedan de veinte, perteneciendo a la misma sección del presupuesto de gastos. Estas normas se aplican provisionalmente hasta la aprobación de la futura reforma de la contabilidad pública. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1985 introduce nuevos documentos contables y procedimientos informáticos para optimizar la gestión de gastos públicos. Los cambios son temporales y preparatorios para una reforma más amplia. La norma establece límites claros para la utilización de documentos contables. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Nuevos documentos contables**: <MC>, <RC>, <OK>, <ADOK> para tramitación de modificaciones y pagos. ⚠️ **Provisionalidad**: Los cambios son temporales hasta la reforma de la contabilidad pública. 📋 **Procedimientos informáticos**: Emisión y tramitación de documentos mediante sistemas digitales. ℹ️ **Límite de aplicaciones presupuestarias**: Máximo de 20 operaciones por documento, en la misma sección del presupuesto. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial de 31 de diciembre de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 31 de diciembre de 1985 - **Materias**: Contabilidad pública, mecanización de gastos, sistemas informáticos - **Relevancia**: ALTA (modifica normativa clave en gestión financiera pública) **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────