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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 27 de diciembre de 1985 por la que se aprueban los nuevos modelos de precintas fiscales para envases que contengan bebidas derivadas, así como de las guías de circulación de los productos objeto de los impuestos especiales y se dan normas para su utilización.

BOE-A-1986-5Publicada: 02/01/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de diciembre de 1985 por la que se aprueban los nuevos modelos de pr ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 27 de diciembre de 1985 establece nuevos modelos de precintas fiscales para envases de bebidas derivadas y guías de circulación de productos sujetos a impuestos especiales, sustituyendo los modelos vigentes desde 1 de enero del año siguiente. **2. CONTEXTO** La Ley 45/1985, de 23 de diciembre, de los Impuestos Especiales, obliga a los envases de bebidas derivadas a llevar precintas fiscales desde su fabricación o importación hasta su consumo, como herramienta de control fiscal. La Orden de 16 de septiembre de 1980 establecía modelos anteriores, pero se requiere actualizarlos para integrar la fiscalidad del alcohol en un único concepto exigible en una sola fase. Además, se modifica el documento para la devolución de cuotas de impuestos en exportaciones y se actualizan las guías de circulación según el ámbito material de la Ley 45/1985. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 27 de diciembre de 1985 regula la sustitución de modelos de precintas fiscales y guías de circulación, con base en la Ley 45/1985 y otros textos legales. Según el artículo 19.2 de la Ley 45/1985, los envases de bebidas derivadas deben llevar precintas fiscales desde su salida de fábrica o importación hasta su consumo, como instrumento de control fiscal. Esta obligación se mantiene, pero el carácter de medio de pago del impuesto se elimina, ya que la fiscalidad del alcohol se integra en un concepto único. La Orden establece que los nuevos modelos de precintas sustituirán a los vigentes desde 1 de enero del año siguiente, con especificaciones según el volumen y origen de los envases. Por ejemplo, los envases nacionales de hasta un decilitro tendrán precintas azules sobre fondo rosa, mientras que los de importación usarán color marrón sobre fondo azul. Para envases de más de un litro, se aplican colores como magenta o verde, dependiendo del volumen. Además, se modifica el documento para la devolución de cuotas de impuestos en exportaciones, derogando la Orden de 5 de marzo de 1980. La Dirección General de Aduanas y Impuestos Especiales se encarga de emitir el nuevo modelo. En cuanto a las guías de circulación, se adaptan a los cambios introducidos por la Ley 45/1985, según el artículo 8.5.c). La Orden se emite en cumplimiento de las atribuciones del artículo 14 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado y del artículo 18 de la Ley General Tributaria, tras un informe favorable de la Secretaría General Técnica. Las guías de circulación se elaboran por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, siguiendo los modelos anexos. Se detalla que el precio de venta al público se fija por cajetilla, unidad o envase acondicionado, según el producto. En casos de salida a depósito fiscal o destinaciones con exención, se marca el espacio "<Con el impuesto sin pagar>". Para expediciones devueltas a origen o anulaciones, se indica en el espacio correspondiente. Los modelos de sellos y precintas incluyen especificaciones de color y fondo según el tipo de bebida y volumen del envase. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden establece nuevos modelos de precintas fiscales y guías de circulación, sustituyendo los anteriores para mejorar el control fiscal. Se actualizan normas para exportaciones y se adaptan las guías a la Ley 45/1985. La implementación comienza el 1 de enero del año siguiente. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Sustitución de modelos**: Los nuevos precintas y guías reemplazan a los vigentes desde 1 de enero. ⚠️ **Control fiscal**: Las precintas son herramientas de control, no medios de pago. 📋 **Especificaciones técnicas**: Colores y formatos varían según volumen y origen del envase. ℹ️ **Adaptación a la Ley 45/1985**: Las guías y sellos se ajustan a los cambios en la fiscalidad del alcohol. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial de 27 de diciembre de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 27 de diciembre de 1985 - **Materias**: Impuestos especiales, control fiscal, bebidas derivadas - **Relevancia**: ALTA (afecta a la fiscalidad de bebidas y su circulación). **Palabras clave**: precintas fiscales, impuestos especiales, Ley 45/1985, control fiscal, exportaciones. **Longitud**: 680 palabras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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