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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2472/1985, de 27 de diciembre, por el que se dispone la emisión de Deuda del Tesoro, interior y amotizable, durante el ejercicio de 1986.

BOE-A-1986-4Publicada: 02/01/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2472/1985, de 27 de diciembre, por el que se dispone la emisión de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2472/1985 autoriza al gobierno a emitir deuda del Tesoro en 1986 para financiar gastos públicos, con límites y condiciones específicas, y establece normas sobre su emisión, amortización y exenciones fiscales. **2. CONTEXTO** El Real Decreto se emite en el marco de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1986, que autoriza al gobierno a incrementar la deuda del Tesoro para cubrir una financiación neta de 600 millones de pesetas. La norma responde a necesidades de política monetaria y fiscal, permitiendo ajustar la emisión de deuda para evitar sobrecargas en el sistema financiero. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2472/1985 se basa en el artículo 40 de la Ley de Presupuestos Generales para 1986, que otorga al gobierno autorización para emitir deuda del Tesoro con tres condiciones clave: 1. **Autorización de financiación neta**: El artículo 1 establece que se emite deuda para obtener una financiación neta de 600 millones de pesetas, aplicable a gastos autorizados en la Ley de Presupuestos. La emisión se realiza en forma interior y amortizable, con procedimientos definidos por el Ministerio de Economía y Hacienda. 2. **Sustitución de créditos del Banco de España**: El artículo 2 permite ampliar la financiación neta mediante la sustitución de créditos sin interés del Banco de España, siempre que no se supere el 12% de los gastos autorizados. Esto se justifica para evitar presiones en el sistema financiero. 3. **Exenciones fiscales**: El artículo 6 establece que los rendimientos de la deuda del Tesoro emitida no están sujetos a retención a cuenta de impuestos sobre la renta (artículo 8 de la Ley 14/1985), y se exime del impuesto sobre transmisiones onerosas (artículo 48, I, B, del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados). Además, la deuda no otorga derecho a desgravaciones fiscales (artículo 40, 1, C, de la Ley de Presupuestos). El artículo 7 autoriza al Ministerio de Economía y Hacienda a dictar normas complementarias para la ejecución del decreto, incluyendo características técnicas de la deuda y regulación de mercados primario y secundario. El artículo 8 establece que el decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*, aunque su eficacia depende de la vigencia de la Ley de Presupuestos. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto autoriza la emisión de deuda del Tesoro bajo condiciones estrictas, con exenciones fiscales y mecanismos de amortización. Es una herramienta clave para la gestión fiscal y monetaria en 1986, con aplicación directa en la financiación pública. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de emisión**: Permite financiar gastos públicos con límites de 600 millones de pesetas y un 12% adicional. ⚠️ **Condiciones restrictivas**: La emisión debe sustituir créditos del Banco de España y evitar sobrecargas en el sistema financiero. 📋 **Procedimientos**: El Ministerio de Economía y Hacienda define los términos técnicos y normas de mercado. ℹ️ **Exenciones fiscales**: No se aplican retenciones a impuestos sobre la renta ni impuestos sobre transmisiones onerosas. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Real Decreto 2472/1985. - **Tipo**: Norma reguladora. - **Fecha**: 27 de diciembre de 1985. - **Materias**: Deuda del Tesoro, política fiscal, exenciones tributarias. - **Relevancia**: ALTA (importante para la gestión de deuda pública y políticas económicas). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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