Real Decreto 2443/1985, de 27 de diciembre, por el que se dispone la emisión de cédulas para inversiones.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2443/1985, de 27 de diciembre, por el que se dispone la emisión de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2443/1985 establece la emisión de cédulas para inversiones en el ejercicio de 1986, con el fin de sustituir las que vencen el 1 de enero de 1986, y establece las condiciones de interés, amortización y características de estas cédulas. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto se emitió en el contexto de la necesidad de renovar las cédulas para inversiones que vencían en 1986, ya que las entidades crediticias debían cumplir con los coeficientes de inversión o fondos públicos. La emisión de nuevas cédulas estaba sujeta a la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1986. La norma fue aprobada en la reunión del Consejo de Ministros del 27 de diciembre de 1985. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2443/1985, de 27 de diciembre de 1985, regula la emisión de cédulas para inversiones en el ejercicio de 1986, con el objetivo de sustituir las cédulas que vencen el 1 de enero de 1986. El texto establece que el Ministerio de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, emitirá cédulas hasta la cifra máxima autorizada por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1986, en la medida que las necesidades lo exijan y en las fechas y cuantías que juzgue conveniente (Art. 1). Las cédulas emitidas a partir del 31 de diciembre de 1985 devengarán un interés anual del 7,38 por 100, se amortizarán en un plazo de diez años, a partir del primer día del semestre natural siguiente al de su emisión, y tendrán las características señaladas en las Ordenes de 26 de abril de 1960, 10 de noviembre de 1984, 26 de abril de 1966 y 28 de febrero de 1967, excepto en lo referente a los beneficios fiscales en el extinguido impuesto sobre rentas de capital, quedando sometidas al régimen general de retenciones a cuenta en el impuesto de sociedades (Art. 2). El Ministerio de Economía y Hacienda dictará las disposiciones y adoptará las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Real Decreto (Art. 3). El Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*, aunque su eficacia quedará supeditada a la vigencia de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1986 (Art. 4). El Real Decreto fue dado en Madrid a 27 de diciembre de 1985, firmado por el Rey Juan Carlos y firmado por el Ministro de Economía y Hacienda, Carlos Solchaga Catalan. El texto establece que la emisión de las cédulas está sujeta a la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1986, lo que refleja la necesidad de coordinación entre la normativa financiera y el marco presupuestario. Además, se establecen condiciones claras sobre el interés, la amortización y las características técnicas de las cédulas, lo que facilita su gestión y control por parte de las entidades crediticias y el Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2443/1985 establece la emisión de cédulas para inversiones en 1986, con condiciones claras sobre interés, amortización y características. La norma se emitió en un contexto de necesidad de renovación de cédulas vencidas y sujeción a la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1986. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Emisión de cédulas para inversiones en 1986 para sustituir las que vencen en 1986. ⚠️ La emisión está sujeta a la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1986. 📋 Establece un interés anual del 7,38 por 100 y un plazo de amortización de 10 años. ℹ️ Las cédulas están sometidas al régimen general de retenciones a cuenta en el impuesto de sociedades. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de aplicación - **Fecha**: 27 de diciembre de 1985 - **Materias**: Finanzas, economía, inversiones, cédulas de inversión - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: cédulas para inversiones, interés, amortización, presupuestos generales, retenciones, impuesto de sociedades ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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