Real Decreto 2619/1985, de 27 de diciembre, por el que se prorroga el Real Decreto 2000/1981, que regula el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo prototipo en régimen de reposición para la importación de arroz cáscara o cargo y la exportación de arroz elaborado.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2619/1985, de 27 de diciembre, por el que se prorroga el Real Decre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2619/1985 prorroga hasta el 31 de diciembre de 1987 el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo prototipo en régimen de reposición para la importación de arroz cáscara o cargo y la exportación de arroz elaborado, establecido en el Real Decreto 2000/1981. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 2000/1981, de 20 de agosto, regula el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo para el sector transformador de arroces, estableciendo plazos y condiciones para su aplicación. La prorrogación del mismo fue necesaria para mantener la vigencia del régimen en el contexto de la regulación del comercio de arroz. La norma fue aprobada en el Boletín Oficial del Estado el 9 de septiembre de 1985, tras deliberación del Consejo de Ministros. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2619/1985 modifica y prorroga el Real Decreto 2000/1981, extendiendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 1987. En su artículo 13, el Real Decreto 2000/1981 establece que el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo puede ser prorrogado previa solicitud del sector y tras recabar informes de los artículos 10 y 11 del Real Decreto 1492/1965, de 26 de junio. Esta condición se mantiene en la prorrogación del 1985. El artículo único del Real Decreto 2619/1985 establece que se mantiene en su integridad el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo prototipo, con las mismas condiciones y requisitos previstos en el Real Decreto 2000/1981. Además, se establece que el presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La norma se emitió en Madrid el 27 de diciembre de 1985, bajo la firma del Rey Juan Carlos I y del ministro de Economía y Hacienda, Carlos Solchaga Catalan. La prorrogación busca garantizar la continuidad del régimen para el sector transformador de arroces, permitiendo la importación de arroz cáscara o cargo y la exportación de arroz elaborado bajo condiciones específicas. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2619/1985 extiende el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo hasta 1987, manteniendo las condiciones establecidas en 1981. La vigencia del decreto comienza el día de su publicación en el BOE. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Prórroga hasta 1987**: Extiende el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo para el sector de arroces. ⚠️ **Condiciones de prorrogación**: Requiere solicitud del sector y informes de artículos 10 y 11 del Real Decreto 1492/1965. 📋 **Vigencia inmediata**: El decreto entra en vigor al publicarse en el BOE. ℹ️ **Sector transformador**: Aplica a la importación de arroz cáscara/cargo y exportación de arroz elaborado. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE), 9 de septiembre de 1985. - **Tipo**: Real Decreto. - **Fecha**: 27 de diciembre de 1985. - **Materias**: Comercio exterior, arroz, régimen de tráfico, perfeccionamiento activo. - **Relevancia**: ALTA (regula un régimen específico para el sector agroalimentario). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────