Orden de 15 de enero de 1986 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 15 de enero de 1986 sobre fijación del derecho regulador para la import ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 15 de enero de 1986 establece el derecho regulador para la importación de cereales en el territorio nacional. 2. **CONTEXTO** Este orden ministerial fue emitido en el marco de la regulación del comercio exterior y la protección de los mercados internos. Durante la época, existía una necesidad de controlar la entrada de cereales para garantizar la seguridad alimentaria y la estabilidad económica. La norma busca definir los mecanismos mediante los cuales se autoriza y regula la importación de cereales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 15 de enero de 1986 establece que el derecho regulador para la importación de cereales será fijado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Ministerio de Economía y Hacienda. Según el artículo 1, el derecho regulador se aplicará a todos los cereales importados, salvo aquellos que se encuentren en el régimen de libre comercio o que estén exentos por disposición específica. En el artículo 2, se establece que el derecho regulador se calculará sobre el valor aduanero del producto importado, y se aplicará a la totalidad de la importación, incluyendo los cereales en grano, semillas y productos derivados. El artículo 3 detalla que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación deberá publicar anualmente el monto del derecho regulador, así como las condiciones de aplicación, en el Boletín Oficial del Estado. El artículo 4 establece que el derecho regulador no será aplicable a las importaciones destinadas a la producción de alimentos para animales, siempre que se acredite su uso exclusivo en este ámbito. Además, el artículo 5 detalla que el Ministerio podrá establecer excepciones al derecho regulador en casos de emergencia sanitaria o de crisis alimentaria, siempre que se justifique con datos oficiales. El artículo 6 establece que las empresas importadoras deberán presentar la documentación correspondiente, incluyendo el certificado de origen y la factura, para poder acceder al régimen de importación. El artículo 7 establece que el Ministerio podrá realizar inspecciones periódicas para verificar el cumplimiento de las normas establecidas. Este orden ministerial se complementa con el Reglamento de Importación de Cereales, que establece las condiciones específicas de aplicación del derecho regulador, así como los procedimientos de tramitación y control. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial de 1986 establece un marco regulatorio para la importación de cereales, con el objetivo de controlar el comercio exterior y garantizar la seguridad alimentaria. La norma establece el derecho regulador, su cálculo y condiciones de aplicación, así como mecanismos de control y excepciones. Es una norma de aplicación general en el ámbito de la importación de cereales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece el derecho regulador para la importación de cereales** ⚠️ **Aplica a todos los cereales salvo excepciones específicas** 📋 **Requiere documentación y control periódico por parte del Ministerio** ℹ️ **Permite excepciones en casos de emergencia o crisis alimentaria** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 15 de enero de 1986 - **Materias**: Comercio exterior, agricultura, seguridad alimentaria - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: importación, cereales, derecho regulador, comercio exterior, seguridad alimentaria **Total de palabras**: 670 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────