Corrección de errores de la Resolución de 19 de junio de 1985, de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, por la que se ordena la publicación del acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de junio de 1985, por el que se fijan los complementos específicos correspondientes a los puestos de trabajo del Ministerio de Sanidad y Consumo.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Resolución de 19 de junio de 1985, de la Subsecretar ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El presente orden ministerial corrige errores en la Resolución de 19 de junio de 1985, que ordenaba la publicación del acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de junio de 1985, relacionado con los complementos específicos para puestos de trabajo del Ministerio de Sanidad y Consumo. 2. **CONTEXTO** La Resolución de 19 de junio de 1985 fue remitida para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» número 151, de fecha 25 de junio de 1985. Durante su revisión, se detectaron errores en la redacción de ciertos datos numéricos en las páginas 19713 y 19715. El presente orden ministerial corrige dichos errores para garantizar la precisión del texto oficial. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El orden ministerial de corrección de errores se emite en virtud de la competencia del Ministerio de Economía y Hacienda para corregir errores en textos oficiales publicados en el «Boletín Oficial del Estado». El texto establece que en la página 19713 del citado Boletín, se deben realizar las siguientes correcciones: - En la línea donde se indica «Asturias. Celadores y Maquinistas. 1 9 60,,», debe aparecer «Asturias. Celadores y Maquinistas. 11 9 60,,». - En la línea donde se indica «Barcelona. Celadores y Maquinistas. 4 9 60,,», debe aparecer «Barcelona. Celadores y Maquinistas. 14 9 60,,». - En la línea donde se indica «Cádiz. Celadores y Maquinistas. 5 9 60,,», debe aparecer «Cádiz. Celadores y Maquinistas. 15 9 60,,». Además, en la página 19715, en la línea donde se indica «Navarra. Destino mínimo Grupo A. 1 11 0,,», debe aparecer «Navarra. Destino mínimo Grupo A. 11 11 0,,». Estas correcciones se realizan para garantizar que los datos numéricos correspondan a la realidad y que no haya ambigüedad en la interpretación de los complementos específicos asignados a los puestos de trabajo del Ministerio de Sanidad y Consumo. El orden ministerial no introduce cambios sustanciales en el contenido del acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de junio de 1985, sino que solo corrige errores de redacción en la publicación del texto. Esto es relevante para la correcta aplicación de los complementos específicos en la asignación de remuneraciones a los trabajadores mencionados. El texto no incluye referencias a artículos o párrafos específicos de leyes o normas vigentes, ya que se trata de una corrección de errores en un texto de publicación oficial. No obstante, la corrección afecta directamente a la precisión de los datos numéricos, lo cual puede tener implicaciones en la aplicación de los complementos específicos en la práctica laboral. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden ministerial corrige errores en la publicación de una resolución del Consejo de Ministros de 1985. Las correcciones afectan datos numéricos en ciertas líneas del Boletín Oficial del Estado. No se modifican los principios generales del acuerdo, solo se corrige la redacción. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en datos numéricos en el Boletín Oficial del Estado. ⚠️ No se modifican los principios generales del acuerdo del Consejo de Ministros. 📋 Correcciones específicas en las páginas 19713 y 19715. ℹ️ Relevancia para la correcta aplicación de los complementos específicos en la práctica laboral. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 19 de junio de 1985 - **Materias**: Administrativo, Laboral, Publicación oficial - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Corrección de errores, Boletín Oficial del Estado, Ministerio de Sanidad y Consumo, complementos específicos, datos numéricos ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────