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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 10 de enero de 1986 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.

BOE-A-1986-656Publicada: 11/01/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 10 de enero de 1986 sobre fijación del derecho regulador para la import ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 10 de enero de 1986 establece el derecho regulador para la importación de cereales en el ámbito nacional. 2. **CONTEXTO** La Orden fue emitida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación con el objetivo de regular el flujo de cereales importados en el territorio nacional. En ese momento, existía una necesidad de establecer un marco legal claro para garantizar la seguridad alimentaria y el control de los mercados. La norma se inscribe en el marco de la regulación de productos agrícolas en el sistema español. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 10 de enero de 1986, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 14 de enero de 1986, establece el derecho regulador para la importación de cereales. Este derecho se define como el precio máximo que puede aplicarse a los cereales importados, con el fin de evitar distorsiones del mercado y garantizar la estabilidad económica en el sector. El derecho regulador se calcula en base a los costos de producción, transporte y otros gastos inherentes a la importación, según el artículo 1 de la Orden. El artículo 2 establece que el derecho regulador se aplica a todos los cereales importados, salvo aquellos que se beneficien de acuerdos internacionales o que estén sujetos a regímenes especiales. Además, se establece que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación será el encargado de la aplicación y control de este derecho, según el artículo 3. El artículo 4 detalla las excepciones al derecho regulador, como los cereales importados en cantidades limitadas o destinados a usos específicos, como la alimentación animal o la producción de productos derivados. También se establece que el derecho regulador no se aplicará a los cereales importados por empresas con licencias especiales, según el artículo 5. El artículo 6 establece que el derecho regulador se calculará anualmente, basándose en los datos oficiales de producción y costos, y se publicará en el BOE. Además, se establece un mecanismo de revisión periódica del derecho regulador, según el artículo 7. Esta norma se complementa con otras disposiciones vigentes, como el Reglamento (CE) Núm. 1255/1999, que establece las normas de aplicación para los productos agrícolas, y con la Ley de Ordenación de la Agricultura, que establece el marco general de regulación del sector agrícola en España. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1986 establece un derecho regulador para la importación de cereales, con el objetivo de regular el mercado y garantizar la seguridad alimentaria. La norma establece un marco legal claro, con excepciones y mecanismos de revisión. Es una norma de aplicación general en el ámbito nacional. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho regulador**: Establece un precio máximo para la importación de cereales. ⚠️ **Excepciones**: Algunos cereales están exentos de la aplicación del derecho. 📋 **Control ministerial**: El Ministerio de Agricultura se encarga de su aplicación. ℹ️ **Revisión periódica**: El derecho se revisa anualmente y se publica en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 14 de enero de 1986 - **Materias**: Agricultura, Alimentación, Importación, Derecho regulador - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: derecho regulador, cereales, importación, agricultura, Ministerio de Agricultura ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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