Corrección de errores del Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre, por el que se regula el deber de expedir y entregar factura que incumbe a los Empresarios y profesionales.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre, por el que ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2402/1985 corrige errores en el texto de la norma que regula el deber de expedir y entregar facturas a empresarios y profesionales. Se realizan rectificaciones en artículos específicos del BOE de 1985 para garantizar la precisión legal. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 2402/1985, publicado en el BOE número 312 del 30 de diciembre de 1985, establece obligaciones sobre la emisión de facturas. Posteriormente, se identificaron errores en su texto, lo que generó ambigüedades. Para corregirlos, se emitió una norma de corrección que actualiza las frases erróneas en artículos específicos. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto corrige errores en el texto original del Real Decreto 2402/1985, publicado en el BOE de 1985. Las rectificaciones afectan los siguientes artículos y apartados: - **Artículo 3.°, apartado 1, letra a)**: Se cambia «Podrán establecer» por «Podrán establecerse» (página 40748, primera columna). - **Artículo 4.°, apartado 1, letra b)**: «Prestadas» se corrige a «Restadas» (página 40748, segunda columna). - **Artículo 4.°, apartado 1, letra h)**: «Los demás que autorice» pasa a ser «Las demás que autorice» (página 40748, segunda columna). - **Artículo 8.°, apartado 2**: «Deberán justificar aquellas» se modifica a «Deberán justificar aquéllos» (página 40749, primera columna). - **Artículo 8.°, apartado 3**: «Los gastos que aquellos supongan» se corrige a «Los gastos que aquellas supongan» (página 40749, primera columna). - **Artículo 9.°, apartado 3**: «Tratandose de descuento o bonificaciones» se ajusta a «Tratándose de descuentos o bonificaciones» (página 40749, segunda columna). - **Artículo 10**: «Motivadas por hecho o cuestiones» pasa a ser «Motivadas por hechos o cuestiones» (página 40749, segunda columna). - **Artículo 11**: «O que no produzcan» se corrige a «O que no reproduzcan», y «No servirá» se modifica a «No servirán» (página 40749, segunda columna). - **Artículo 12, quinta línea**: «9 de esta mismas Ley o, en su caso, en el número 4.° del apartado» se ajusta a «79 de esta misma Ley o, en su caso, en el número 4.°, del apartado» (página 40749, segunda columna). Estas correcciones buscan eliminar ambigüedades y garantizar que el texto refleje la intención legal original. Por ejemplo, en el artículo 3.°, la corrección de «establecer» a «establecerse» evita confusiones sobre la acción de los sujetos pasivos. En el artículo 11, la modificación de «produzcan» a «reproduzcan» corrige un error de redacción que podría afectar la interpretación de las excepciones a la obligación de facturar. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige errores en el texto original para garantizar la precisión legal. Las rectificaciones afectan artículos clave sobre facturación y obligaciones de los empresarios. La corrección es fundamental para evitar ambigüedades en la aplicación de la norma. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se actualizan frases erróneas en artículos específicos del Real Decreto 2402/1985. ⚠️ **Ambigüedades legales**: Los errores podían generar confusiones en la interpretación de obligaciones fiscales. 📋 **Referencias exactas**: Se citan artículos y páginas del BOE para garantizar la precisión. ℹ️ **Contexto normativo**: La norma regula la obligación de facturar, un tema central en la fiscalidad española. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 30 de diciembre de 1985 (publicación original), 1985 (corrección) - **Materias**: Fiscalidad, facturación, obligaciones de empresarios - **Relevancia**: ALTA (corrección de errores críticos en una norma de aplicación general) **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────