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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden de 26 de diciembre de 1985 por la que se autoriza la adecuación del sistema tarifario de la Compañía Telefónica Nacional de España a la nueva situación impositiva derivada de la aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido.

BOE-A-1986-1964Publicada: 24/01/1986MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 26 de diciembre de 1985 por la que se autor ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores en la Orden de 26 de diciembre de 1985, que autorizaba la adecuación del sistema tarifario de la Compañía Telefónica Nacional de España al nuevo régimen impositivo del Impuesto sobre el Valor Añadido. Se corrigen valores numéricos en las páginas del Boletín Oficial del Estado. 2. **CONTEXTO** La Orden de 26 de diciembre de 1985 establecía la adecuación del sistema tarifario de la Compañía Telefónica Nacional de España a la nueva situación impositiva derivada de la aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido. Durante la publicación de dicha Orden en los Boletines Oficiales del Estado, se detectaron errores en los valores numéricos. Para corregirlos, se emitió esta norma de corrección. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige errores en la publicación de la Orden de 26 de diciembre de 1985, que autorizaba la adecuación del sistema tarifario de la Compañía Telefónica Nacional de España al nuevo régimen impositivo del Impuesto sobre el Valor Añadido. Los errores afectan a valores numéricos en las páginas del Boletín Oficial del Estado. Según el texto, se corrigen los siguientes puntos: - En la página 735 del Boletín Oficial del Estado número 2, de 2 de enero de 1986, al final de la segunda columna, en el «Punto 18.1. Automático, Por conmutación inicial de la comunicación. Pesetas», donde dice: «8,10», debe decir: «7,92» (Artículo 1, párrafo 1). - En la página 736, comienzo de la primera columna, en el «Punto 18.1. Automático, Por conmutación inicial de la comunicación. Pesetas», donde dice: «l0,80», debe decir: «l0,56» (Artículo 1, párrafo 2). - En la página 736, comienzo de la segunda columna, en el «Punto 19.1. Automático, Por conmutación inicial de la comunicación. Pesetas», donde dice: «27», debe decir: «26,40» (Artículo 1, párrafo 3). - En la página 737, comienzo de la primera columna, en el «Punto 19.3. Servicio con Andorra», donde dice: « (1). Por conmutación inicial deja comunicación se percibirán 10,80 pesetas», debe decir: « (1). Por conmutación inicial de la comunicación se percibirán 10,56 pesetas» (Artículo 1, párrafo 4). Estas correcciones son necesarias para garantizar la precisión de los valores tarifarios y su correcta aplicación en el marco del nuevo régimen impositivo. La norma no introduce cambios sustanciales en el contenido general de la Orden original, sino que se limita a corregir errores de redacción o cálculo en los valores numéricos. La corrección de estos errores es fundamental para evitar confusiones en la aplicación de las tarifas y para garantizar la transparencia en la gestión de los servicios telefónicos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en la publicación de la Orden de 1985 sobre la adecuación del sistema tarifario a la nueva situación impositiva. Se corriguen valores numéricos en el Boletín Oficial del Estado. La corrección es necesaria para garantizar la precisión de los datos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en valores numéricos de la Orden de 1985. ⚠️ Errores afectan a tarifas de servicios telefónicos. 📋 Correcciones en páginas específicas del Boletín Oficial del Estado. ℹ️ No se modifica el contenido general de la Orden, solo se corrigen errores de redacción. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 26 de diciembre de 1985 - **Materias**: Impuesto sobre el Valor Añadido, tarifas telefónicas, corrección de errores - **Relevancia**: ALTA Palabras: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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