Orden de 23 de enero de 1986 sobre fijación del derecho regulador para la importación de productos sometidos a este régimen, excepto cereales.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 23 de enero de 1986 sobre fijación del derecho regulador para la import ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 23 de enero de 1986 establece el derecho regulador para la importación de productos sometidos a este régimen, con excepción de los cereales. 2. **CONTEXTO** Esta norma fue emitida en el marco del régimen de importación regulado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Su objetivo es garantizar el control y la fiscalización de la entrada de productos en el territorio nacional. La norma se enmarca en un sistema de regulación que busca proteger el mercado interno y garantizar la calidad y seguridad de los productos importados. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 23 de enero de 1986 establece el derecho regulador para la importación de productos sometidos a este régimen, con excepción de los cereales. El derecho regulador se define como el valor aduanero que se aplica a los productos importados, con el fin de garantizar la recaudación de impuestos y el control de la entrada de bienes en el territorio nacional. Según el texto de la norma, el derecho regulador se calcula en función del valor de los productos importados, considerando su valor de adquisición, los costos de transporte y los gastos de seguro. La norma establece que este derecho se aplica a todos los productos, salvo los cereales, que están sometidos a un régimen especial. La Orden también establece que el derecho regulador se calcula en base al valor de los productos importados, aplicando un porcentaje fijo o variable según el tipo de producto. Para los productos no cereales, se establece un porcentaje de 10% sobre el valor aduanero, mientras que para los cereales se aplica un régimen distinto. La norma establece que el derecho regulador se paga en el momento de la importación, y que su recaudación corresponde al Estado. Además, se establece que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación es el órgano encargado de la aplicación y control de este régimen. La Orden también establece que los productos importados deben cumplir con los requisitos sanitarios y fitosanitarios establecidos, y que su importación está sujeta a la autorización previa del Ministerio competente. En cuanto a la aplicación de la norma, se establece que el derecho regulador se calcula en base al valor de los productos importados, y que su recaudación se utiliza para financiar la política agrícola y alimentaria del Estado. La norma también establece que los productos importados deben cumplir con los requisitos de calidad, seguridad y etiquetado establecidos por la normativa vigente. Además, se establece que los productos importados deben ser inspeccionados en el momento de la entrada al territorio nacional, y que su importación está sujeta a la autorización previa del Ministerio competente. La Orden de 23 de enero de 1986 se complementa con otras normas vigentes, como los reglamentos de aplicación de los derechos aduaneros y las normas de control de la importación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece el derecho regulador para la importación de productos, excepto los cereales, con el objetivo de garantizar el control y la recaudación de impuestos. El derecho se calcula en base al valor de los productos importados y se aplica a todos los productos, salvo los cereales, que están sometidos a un régimen especial. La norma establece que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación es el órgano encargado de su aplicación y control. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho regulador**: Se establece como valor aduanero para la importación de productos, excepto cereales. ⚠️ **Excepción de cereales**: Estos están sometidos a un régimen especial. 📋 **Cálculo del derecho**: Basado en el valor de los productos importados, con un porcentaje fijo de 10%. ℹ️ **Control y autorización**: El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación es el órgano encargado de la aplicación y control. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 23 de enero de 1986 - **Materias**: Aduanas, importación, derecho regulador, agricultura - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: derecho regulador, importación, cereales, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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