Real Decreto 2658/1985, de 27 de diciembre, sobre valoración definitiva, ampliación de medios y adaptación de los transferidos en etapa preautonómica a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en materia de sanidad (AISNA).
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2658/1985, de 27 de diciembre, sobre valoración definitiva, ampliac ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2658/1985 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de 24 de enero de 1985, que establece la ampliación de transferencias de funciones y medios en materia de Sanidad Nacional (AISNA) a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, su adaptación y valoración definitiva del coste efectivo. **2. CONTEXTO** En 1982, mediante Real Decreto 340/1982, se transfirieron competencias sanitarias del Estado al Consejo General Interinsular de Baleares, en paralelo a la transferencia previa de 1980 (Real Decreto 2567/1980) que culminó en 1984 con el Real Decreto 784/1984. Estas transferencias se regían por el Real Decreto 1958/1983, que establecía un marco legal para el proceso. El Real Decreto 2658/1985 busca regularizar y finalizar este proceso, asegurando la transición de funciones sanitarias al ámbito autonómico. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2658/1985 se estructura en varios puntos clave: - **Artículo 1**: Aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de 24 de enero de 1985, que amplía las transferencias de funciones y medios en materia de AISNA, adapta los medios transferidos en etapa preautonómica y valora definitivamente el coste efectivo. - **Transferencia de funciones**: Se establece que las funciones sanitarias transferidas al Consejo General Interinsular de Baleares se ajustan a los principios de descentralización y autonomía, garantizando la continuidad de los servicios. - **Adaptación de medios**: Los medios transferidos (personal, infraestructuras, recursos) se adaptan a las necesidades de la Comunidad Autónoma, con un enfoque en la eficiencia y la calidad de los servicios sanitarios. - **Valoración del coste efectivo**: Se determina el coste real de los servicios transferidos, considerando gastos corrientes y inversiones, para garantizar una financiación justa. - **Regularización financiera**: Los gastos asociados a los servicios transferidos se regularizan al cierre de cada ejercicio económico mediante la presentación de cuentas y estados justificativos ante una Comisión de Liquidación en el Ministerio de Economía y Hacienda. - **Transición temporal**: Durante 60 días desde la publicación del Real Decreto, la Administración Institucional de la Sanidad Nacional asume la gestión y pago de obligaciones correspondientes a los capítulos I y II del presupuesto de gastos, hasta que se transfieran las funciones. - **Documentación y expedientes**: La entrega de documentos y expedientes de los servicios transferidos se realiza en un mes desde la publicación del Real Decreto, con resolución de expedientes en trámite conforme al Real Decreto 1958/1983. - **Fecha de efectividad**: Las transferencias de funciones y medios tienen efectividad a partir del 1 de enero de 1986. El Real Decreto se fundamenta en la Disposición Transitoria Cuarta del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, que establece la necesidad de un proceso de transferencia ordenado. Además, se menciona la necesidad de tramitar expedientes presupuestarios para ajustar créditos a retener y transferir, asegurando la continuidad financiera. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2658/1985 formaliza la transferencia de competencias sanitarias al ámbito autonómico en las Islas Baleares, garantizando la adaptación de medios y la valoración del coste efectivo. Establece un marco legal para la regularización financiera y la transición ordenada de funciones, asegurando la continuidad de los servicios sanitarios. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Transferencia de funciones y medios**: Amplía y adapta las competencias sanitarias transferidas al Consejo General Interinsular de Baleares. ⚠️ **Valoración del coste efectivo**: Determina el coste real de los servicios transferidos para garantizar una financiación justa. 📋 **Regularización financiera**: Establece mecanismos para regularizar gastos al cierre de cada ejercicio económico. ℹ️ **Fecha de efectividad**: Las transferencias tienen efectividad a partir del 1 de enero de 1986. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional (España). - **Fuente**: Real Decreto 2658/1985. - **Tipo**: Norma de regulación. - **Fecha**: 27 de diciembre de 1985. - **Materias**: Sanidad, transferencia de competencias, autonomía, financiación pública. - **Relevancia**: ALTA (regula un proceso clave de descentralización en materia sanitaria). **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────