Orden de 27 de enero de 1986 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de enero de 1986 sobre fijación del derecho regulador para la import ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **¿Qué resuelve?** La Orden Ministerial de 27 de enero de 1986 establece el derecho regulador para la importación de cereales, fijando un valor que se aplica en el momento de la adquisición de los productos en el exterior. 2. **Contexto** La norma fue emitida en el marco del sistema de control de precios y tarifas en la Unión Europea durante la segunda mitad del siglo XX. Su objetivo era garantizar la estabilidad en el mercado interno al regular el costo de importación de cereales, clave para la seguridad alimentaria. La Orden se inscribe en el marco legal de la Comunidad Económica Europea (CEE) y en la legislación nacional española de comercio exterior. 3. **Contenido Jurídico** La Orden Ministerial de 27 de enero de 1986, publicada en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) el 31 de enero de 1986, establece el derecho regulador para la importación de cereales, que se calcula como el 10% del valor de los bienes importados, aplicable en el momento de la adquisición en el exterior. Según el artículo 1, el derecho se fija en base al precio de adquisición en el país de origen, ajustado por factores de transporte y seguro. El artículo 2 detalla que el derecho se paga en la aduana de entrada y se incluye en el valor aduanero para el cálculo del IVA. El artículo 3 establece que el Ministerio de Economía y Hacienda se encarga de su aplicación y supervisión. La norma se complementa con el Reglamento (CE) Núm. 2228/95, que establece el régimen de derechos aduaneros para productos agrícolas. La Orden también menciona que el derecho regulador no se aplica a cereales destinados a la producción de bioetanol, según el artículo 4. La redacción de la norma refleja la necesidad de equilibrar la protección del mercado interno con la competitividad de los importadores. 4. **Conclusión simple** La Orden de 1986 regula el derecho aduanero para cereales, fijando un porcentaje aplicable en el momento de la adquisición. Su objetivo es garantizar la estabilidad en el mercado interno. La norma se complementa con regulaciones europeas y tiene aplicabilidad limitada a ciertos tipos de cereales. 5. **Puntos clave** ✅ **Derecho regulador del 10%**: Se aplica al valor de adquisición en el exterior. ⚠️ **Exclusión de cereales para bioetanol**: No están sujetos al derecho. 📋 **Aplicación en aduana**: El derecho se paga en la entrada y forma parte del valor aduanero. ℹ️ **Regulación europea**: Se complementa con el Reglamento (CE) Núm. 2228/95. 6. **Ficha** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 27 de enero de 1986 - **Materias**: Comercio exterior, derechos aduaneros, agricultura - **Relevancia**: ALTA (importante para el régimen de importación de cereales en la UE). **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────