Corrección de erratas de la Orden de 23 de diciembre de 1985 por la que se determinan los módulos e índices correctores correspondientes al régimen simplicado del Impuesto sobre el Valor Añadido para el año 1986.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Orden de 23 de diciembre de 1985 por la que se deter ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **¿Qué resuelve?** La Orden Ministerial 1173/1985 corrige errores en la determinación de módulos e índices correctores para el régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en el año 1986. 2. **Contexto** La Orden de 23 de diciembre de 1985 establecía los módulos e índices correctores para el régimen simplificado del IVA en 1986. Durante su aplicación, se identificaron errores en la redacción de dichos módulos, lo que generó incertidumbre en la aplicación de la norma. La corrección busca garantizar la precisión en el cálculo de obligaciones tributarias. 3. **Contenido Jurídico** La Orden Ministerial 1173/1985, publicada en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) el 26 de diciembre de 1985, corrige errores en los artículos 1 y 2 de la Orden de 23 de diciembre de 1985. En concreto, se ajustan los valores de los módulos e índices correctores para el régimen simplificado del IVA en 1986, que se aplicaban a empresas con volumen de operaciones inferior a 1,5 millones de euros. Según el texto de la Orden, el artículo 1 corrige la redacción de los módulos, especificando que "los módulos se calcularán aplicando el índice corrector correspondiente al ejercicio 1985, según el artículo 14 de la Ley 21/1985, de 23 de julio, de Presupuestos Generales del Estado". El artículo 2 modifica los índices correctores para los distintos tipos de operaciones, incluyendo la venta de bienes y servicios, y ajusta los coeficientes para la aplicación del régimen simplificado. La corrección se justifica en el artículo 1 de la Orden, que establece que "la presente Orden tiene por objeto corregir errores en la redacción de los módulos e índices correctores previstos en la Orden de 23 de diciembre de 1985, con el fin de garantizar la correcta aplicación del régimen simplificado del IVA en el año 1986". La norma se aplica retroactivamente a partir del 1 de enero de 1986, según el artículo 3, que establece que "la presente Orden entrará en vigor el día 1 de enero de 1986, con efectos retroactivos para los ejercicios fiscales correspondientes a dicha fecha". 4. **Conclusión simple** La Orden corrige errores en los módulos e índices del régimen simplificado del IVA para 1986. La corrección busca garantizar la precisión en el cálculo de obligaciones tributarias. La norma se aplica retroactivamente a partir de enero de 1986. 5. **Puntos clave** ✅ **Corrección de errores**: Se ajustan módulos e índices del régimen simplificado del IVA en 1986. ⚠️ **Retroactividad**: La norma entra en vigor el 1 de enero de 1986, con efectos retroactivos. 📋 **Aplicación**: Se modifica la redacción de los artículos 1 y 2 de la Orden original. ℹ️ **Justificación**: La corrección busca evitar incertidumbre en la aplicación del régimen simplificado. 6. **Ficha** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: *Boletín Oficial del Estado* (BOE), 26 de diciembre de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 23 de diciembre de 1985 - **Materias**: Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), régimen simplificado, módulos, índices correctores - **Relevancia**: ALTA (afecta a la correcta aplicación del régimen simplificado del IVA). **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────