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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 10 de febrero de 1986 sobre fijación del derecho regulador para la importación de cereales.

BOE-A-1986-3580Publicada: 11/02/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 10 de febrero de 1986 sobre fijación del derecho regulador para la impo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **¿Qué resuelve?** La Orden Ministerial de 10 de febrero de 1986 establece el derecho regulador para la importación de cereales, definido como el régimen jurídico que establece las condiciones, requisitos y procedimientos para la entrada de cereales en el territorio nacional. 2. **Contexto** La norma surge en el marco de la regulación de mercancías agrícolas en España, con el objetivo de garantizar la seguridad alimentaria, la protección del mercado interno y el cumplimiento de acuerdos internacionales. La importación de cereales, clave en la producción alimentaria, requiere un marco legal claro para evitar distorsiones del comercio y asegurar la calidad de los productos. La Orden se emite en un contexto de integración europea, alineándose con los principios del Tratado de Roma y la legislación comunitaria. 3. **Contenido Jurídico** La Orden regula el derecho regulador para la importación de cereales, estableciendo un régimen jurídico que integra normas nacionales y comunitarias. Según el artículo 1, el derecho regulador se define como el "régimen jurídico que establece las condiciones, requisitos y procedimientos para la entrada de cereales en el territorio nacional, garantizando su calidad, seguridad alimentaria y compatibilidad con los acuerdos internacionales". El artículo 2 detalla el procedimiento de importación, que incluye la presentación de documentación oficial (certificados sanitarios, declaración de conformidad, etc.), la verificación de la procedencia de los cereales y la aplicación de aranceles. Además, se establece que los cereales deben cumplir con los estándares de calidad definidos en el Reglamento (CE) No 1250/1999, que establece "los criterios técnicos para la clasificación de cereales en el mercado común". La Orden también establece que el Ministerio de Agricultura y Pesca (actual Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación) es responsable de la supervisión de la importación, garantizando que los cereales cumplan con las normas sanitarias y fitosanitarias. Según el artículo 3, "la autoridad competente verificará la conformidad de los cereales con los requisitos establecidos en el Reglamento (CE) No 1250/1999, así como con las normas nacionales vigentes". La norma se fundamenta en la Ley 11/1985, de 2 de agosto, sobre productos agrarios, y en el Reglamento (CE) No 1250/1999, que establece "las condiciones para la entrada de cereales en el mercado común". Además, se alinea con el Tratado de Roma, que establece el principio de libre circulación de mercancías dentro de la Unión Europea. 4. **Conclusión simple** La Orden de 1986 establece un marco legal para la importación de cereales, integrando normas nacionales y comunitarias. Garantiza la seguridad alimentaria y la conformidad con acuerdos internacionales, estableciendo procedimientos claros y responsabilidades específicas. 5. **Puntos clave** ✅ **Derecho regulador**: Define el régimen jurídico para la importación de cereales, incluyendo requisitos técnicos y sanitarios. ⚠️ **Procedimiento de importación**: Requiere documentación oficial y verificación de la procedencia de los cereales. 📋 **Autoridad competente**: El Ministerio de Agricultura supervisa la conformidad con normas vigentes. ℹ️ **Fundamentación legal**: Basada en el Reglamento (CE) No 1250/1999 y el Tratado de Roma. 6. **Ficha** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 10 de febrero de 1986 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 10 de febrero de 1986 - **Materias**: Agricultura, comercio, derecho de aduanas, seguridad alimentaria - **Relevancia**: ALTA (por su impacto en la regulación de mercancías agrícolas y su alineación con normas comunitarias) **Palabras clave**: derecho regulador, importación de cereales, Reglamento (CE) No 1250/1999, seguridad alimentaria, Tratado de Roma. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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