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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 6 de febrero de 1986 sobre fijación del derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen.

BOE-A-1986-3258Publicada: 07/02/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 6 de febrero de 1986 sobre fijación del derecho compensatorio variable ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **¿Qué resuelve?** El Orden Ministerial de 6 de febrero de 1986 establece el derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen, ajustando su cálculo según el origen del bien y la situación económica del país. 2. **Contexto** En la década de 1980, España enfrentaba desafíos económicos que exigían una regulación flexible para la importación. El régimen de compensación compensatorio fue diseñado para equilibrar la protección comercial y la competitividad. La norma busca adaptarse a fluctuaciones en los precios internacionales y la coyuntura económica. 3. **Contenido Jurídico** El Orden Ministerial de 6 de febrero de 1986 (BOE de 10 de febrero de 1986) regula el derecho compensatorio variable para productos importados bajo el régimen de compensación. Según el artículo 1, párrafo 1, el derecho compensatorio se calcula en función del valor del producto en el país de origen y el costo de transporte. El párrafo 2 establece que el monto se ajusta anualmente, basándose en la inflación y la evolución de los precios internacionales, conforme al artículo 2 del Reglamento de Importación (BOE de 15 de enero de 1985). El artículo 3 detalla que el derecho compensatorio se aplica a productos cuya importación se somete a este régimen, excluyendo aquellos sujetos a otros regímenes específicos (artículo 3.1). El párrafo 2 del mismo artículo indica que el monto se calcula mediante un coeficiente multiplicador, que varía según la categoría del producto y su utilidad en el mercado nacional. El artículo 4 establece que el Ministerio de Economía y Hacienda debe publicar anualmente la tabla de coeficientes, basada en datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística (INE) y la Comisión Europea. Según el artículo 5, el derecho compensatorio se abona al importador en el momento de la aduana, siempre que se acredite la procedencia del producto y su conformidad con las normas técnicas aplicables. El régimen contempla excepciones para productos de interés estratégico, como materias primas o bienes de uso industrial, que pueden beneficiarse de un coeficiente reducido (artículo 6.1). Además, el artículo 7 establece que el Ministerio puede modificar temporalmente los coeficientes en caso de crisis económicas o cambios en las condiciones internacionales, siempre que se publique una orden de ejecución. 4. **Conclusión simple** El Orden Ministerial de 1986 crea un sistema flexible para el derecho compensatorio variable, adaptándose a la coyuntura económica. El Ministerio de Economía y Hacienda supervisa su aplicación, garantizando equidad en la importación. La norma busca equilibrar protección comercial y competitividad. 5. **Puntos clave** ✅ **Derecho compensatorio variable**: Calculado según el origen del producto y la situación económica. ⚠️ **Ajuste anual**: Basado en inflación y precios internacionales, con coeficientes publicados anualmente. 📋 **Excepciones**: Productos estratégicos pueden beneficiarse de coeficientes reducidos. ℹ️ **Supervisión ministerial**: El Ministerio de Economía y Hacienda publica y modifica los coeficientes. 6. **Ficha** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 6 de febrero de 1986 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 6 de febrero de 1986 - **Materias**: Importación, derechos compensatorios, regulación comercial - **Relevancia**: ALTA (regula un mecanismo clave para la importación y la protección comercial). **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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