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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 324/1986, de 10 de febrero, por el que se implanta en la Administración del Estado un nuevo sistema de información contable y se reestructura la función de ordenación de pagos.

BOE-A-1986-4317Publicada: 18/02/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 324/1986, de 10 de febrero, por el que se implanta en la Administra ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 324/1986 establece un nuevo sistema de información contable en la Administración del Estado y reestructura la función de ordenación de pagos, adaptándose a los cambios en la gestión de la hacienda pública. **2. CONTEXTO** La contabilidad pública en la Administración del Estado se basaba en métodos tradicionales que seguían una concepción clásica de la hacienda pública, centrada en el control presupuestario. Sin embargo, con la evolución de la hacienda pública, estos métodos resultaron insuficientes. La Ley de Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública de 1911 establecía el sistema de partida doble, pero no se implementó adecuadamente. El Decreto 6/1962 y otros decretos posteriores señalaban la necesidad de reformar la contabilidad del Estado, lo que motivó la elaboración del Real Decreto 324/1986. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 324/1986 introduce un nuevo sistema de información contable en la Administración del Estado, con el objetivo de modernizar y mejorar la gestión financiera. Este sistema busca superar las limitaciones de los métodos contables tradicionales, que se basaban en un enfoque de control presupuestario y no en la gestión integral de la hacienda pública. La norma reconoce que los métodos contables vigentes, derivados de leyes anteriores, eran insuficientes ante los cambios en la administración pública. El Real Decreto establece que la contabilidad del Estado debe llevarse por el sistema de partida doble, tal como establecía la Ley de 1911 en su artículo 75. Sin embargo, se reconoce que los intentos anteriores de implementar este sistema no habían logrado su plena aplicación, debido a la complejidad de los sistemas contables existentes. El Real Decreto 324/1986 busca resolver esta situación mediante la implantación de un sistema más eficiente y adaptado a las necesidades actuales. Además, el Real Decreto reestructura la función de ordenación de pagos, asignando nuevas competencias a los órganos de la Administración del Estado. Se mencionan varios decretos anteriores, como el Decreto 6/1962, el Decreto 482/1966 y el Decreto 275/1973, que habían señalado la necesidad de reorganizar la contabilidad del Estado. El Real Decreto 324/1986 se considera una medida urgente para adaptar la contabilidad pública a los nuevos desafíos. En las disposiciones finales, se establece que el Ministerio de Economía y Hacienda debe desarrollar las normas contenidas en el Real Decreto. Asimismo, se autoriza al Ministerio de Defensa para aprobar modificaciones orgánicas necesarias para la creación de un órgano central que coordine las funciones de ordenación de pagos. Se menciona también la posibilidad de trasladar ciertas competencias a oficinas descentralizadas de contabilidad. Finalmente, se fija la fecha de entrada en vigor del Real Decreto, que será el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 324/1986 introduce un nuevo sistema de información contable en la Administración del Estado, con el objetivo de modernizar la gestión financiera. Este Real Decreto reestructura la función de ordenación de pagos y establece medidas para su implementación. La norma responde a la necesidad de adaptar la contabilidad pública a los cambios en la gestión de la hacienda pública. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Reformación de la contabilidad pública**: El Real Decreto introduce un sistema más moderno y eficiente para la gestión financiera del Estado. ⚠️ **Insuficiencia de los métodos tradicionales**: Los métodos contables vigentes eran insuficientes ante los cambios en la hacienda pública. 📋 **Implementación de sistema de partida doble**: Se establece la necesidad de aplicar el sistema de partida doble, tal como establecía la Ley de 1911. ℹ️ **Reestructuración de la función de ordenación de pagos**: Se asignan nuevas competencias a los órganos de la Administración del Estado. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 10 de febrero de 1986 - **Materias**: Contabilidad pública, administración del Estado, ordenación de pagos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: contabilidad pública, sistema de información contable, ordenación de pagos, reforma contable, hacienda pública ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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