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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 28 de febrero de 1986 relativa a la prevención y lucha contra los tortrícidos del clavel, en aplicación de la Directiva 74/647/CEE del Consejo de las Comunidades Europeas.

BOE-A-1986-5449Publicada: 01/03/1986MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 28 de febrero de 1986 relativa a la prevención y lucha contra los tortr ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 28 de febrero de 1986 establece medidas obligatorias para la lucha contra los tortrícidos del clavel en toda España, autoriza la tenencia de insectos vivos para fines científicos y establece la entrada en vigor de la orden el 1 de marzo del año siguiente. 2. **CONTEXTO** La norma se emite en aplicación de la Directiva 74/647/CEE del Consejo de las Comunidades Europeas, que busca prevenir y combatir los daños causados por los tortrícidos del clavel. España y Portugal se adhirieron a esta directiva en el marco del Acta de Adhesión de 1986. La Orden se emite con la propuesta de la Dirección General de la Producción Agraria, con el objetivo de garantizar la protección del cultivo del clavel frente a dos especies dañinas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 28 de febrero de 1986, en aplicación del artículo 392 del Acta de Adhesión del Reino de España y de la República Portuguesa, y en conformidad con la Directiva 74/647/CEE del Consejo de las Comunidades Europeas, establece medidas obligatorias para la lucha contra los tortrícidos del clavel, específicamente *Cacoecimorpha pronubana* HB. y *Epichoristodes acerbellus* (Walk. DIAK.). Estas medidas se aplican en todo el territorio nacional, según lo previsto en el artículo 392 del Acta de Adhesión. La Orden declara de aplicación obligatoria las medidas mínimas previstas en la Directiva 74/647/CEE, con el fin de prevenir y combatir la propagación de los tortrícidos del clavel. Estas medidas incluyen la implementación de estrategias de control, vigilancia y prevención, así como la coordinación entre las administraciones competentes. Además, la Orden autoriza la tenencia de insectos vivos de las especies mencionadas, siempre que se realice con fines científicos, ensayos de tratamientos o trabajos de selección. Esta autorización requiere que la tenencia sea conocida por la Dirección General de la Producción Agraria y que se establezcan los controles necesarios por parte de los servicios competentes de la comunidad autónoma afectada, o en su defecto, por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La entrada en vigor de la Orden se establece para el 1 de marzo del año siguiente al de su publicación, lo que permite una transición ordenada y la implementación efectiva de las medidas establecidas. La norma se emite con la firma del Ilmo. Sr. Romero Herrera, Director General de la Producción Agraria, y se publica en Madrid el 28 de febrero de 1986. Esta Orden refleja la integración de España en el marco europeo de protección de cultivos, con especial atención al clavel, una especie vulnerable a la acción de estos insectos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden establece medidas obligatorias para combatir los tortrícidos del clavel, autoriza la tenencia de insectos vivos para fines científicos y establece una fecha de entrada en vigor. Es una norma de aplicación nacional, en cumplimiento de una Directiva europea y de la adhesión de España a los tratados comunitarios. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Aplicación obligatoria de medidas mínimas**: La Directiva 74/647/CEE establece medidas mínimas para la lucha contra los tortrícidos del clavel, que se aplican en todo el territorio nacional. ⚠️ **Autorización de tenencia de insectos vivos**: Se permite la tenencia de insectos vivos para fines científicos, siempre que se realice bajo control de las autoridades competentes. 📋 **Fecha de entrada en vigor**: La Orden entra en vigor el 1 de marzo del año siguiente a su publicación. ℹ️ **Contexto europeo**: La norma se emite en cumplimiento de una Directiva europea y de la adhesión de España a los tratados comunitarios. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de aplicación obligatoria - **Fecha**: 28 de febrero de 1986 - **Materias**: Agricultura, protección de cultivos, control de plagas - **Relevancia**: ALTA - **Resumen**: La Orden establece medidas obligatorias para la lucha contra los tortrícidos del clavel, autoriza la tenencia de insectos vivos para fines científicos y establece una fecha de entrada en vigor. Es una norma de relevancia alta, ya que refleja la integración de España en el marco europeo de protección de cultivos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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