Orden de 11 de marzo de 1986 por la que se modifica la de 13 de septiembre de 1984, que reestructura la composición y funcionamiento del Patronato del Festival Internacional de Música y Danza de Granada.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 11 de marzo de 1986 por la que se modifica la de 13 de septiembre de 19 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 11 de marzo de 1986 modifica la Orden de 13 de septiembre de 1984, que regula el Patronato del Festival Internacional de Música y Danza de Granada, con el objetivo de reestructurar su composición y funcionamiento para mejorar su eficacia y agilidad. **2. CONTEXTO** El Festival Internacional de Música y Danza de Granada, reconocido internacionalmente, ha celebrado treinta y cuatro ediciones consecutivas. Para garantizar una mejor organización y gestión, se considera necesario actualizar su estructura institucional. La norma se emite tras la reestructuración administrativa del Ministerio de Cultura, lo que implica cambios en la nomenclatura de los organismos involucrados. La modificación busca mantener la colaboración entre la Administración central, autonómica y local, mientras optimiza la gestión del festival. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 11 de marzo de 1986 modifica los artículos 4º, 6º y 7º de la Orden de 13 de septiembre de 1984, que regula el Patronato del Festival Internacional de Música y Danza de Granada. Estas modificaciones tienen como objetivo reestructurar la composición y funcionamiento del Patronato, con el fin de mejorar su eficacia y agilidad en la organización del festival. En el artículo 4º, se establece que el Patronato, presidido por el Ministro de Cultura, podrá funcionar en Pleno y en Comisión Ejecutiva. La Comisaria del Festival, órgano permanente dependiente de la Junta de Andalucía, tendrá la misión de someter al Patronato el programa del Festival. Además, se detallan los miembros del Patronato, que incluyen al Director del Departamento Musical del INAEM, al Delegado provincial de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía en Granada, y a tres Vocales designados libremente por el Ministerio de Cultura, la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Granada. El Secretario del Patronato será un miembro de la Comisaria del Festival, designado por el Ministro de Cultura a propuesta del Director de aquélla, y su servicio será retribuido mediante contrato con el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música. En el artículo 7º, se crea una Comisión Ejecutiva permanente dentro del Patronato, encargada de la aprobación del proyecto del programa del Festival, su seguimiento y la vigilancia del cumplimiento de los acuerdos. La Comisión Ejecutiva estará presidida por el Director general del INAEM y estará compuesta por el Director general de Teatro, Música y Cinematografía de la Junta de Andalucía, el Concejal de Cultura del Ayuntamiento de Granada, el Director del Departamento Musical del INAEM, y el Secretario de la Comisión Ejecutiva, quien será el Secretario del Pleno del Patronato. A las sesiones de la Comisión Ejecutiva asistirá el Director de la Comisaria del Festival. La entrada en vigor de esta disposición se produce al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La norma se emite con previa aprobación de la Presidencia del Gobierno, en cumplimiento del artículo 130, 2, de la Ley de Procedimiento Administrativo. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1986 modifica la normativa del Patronato del Festival de Granada para mejorar su organización y eficacia. Se crea una Comisión Ejecutiva y se redefine la composición del Patronato. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la estructura del Patronato**: Se reestructura la composición y funciones del Patronato para mejorar su eficacia. ⚠️ **Colaboración interinstitucional**: Se mantiene la confluencia entre la Administración central, autonómica y local. 📋 **Creación de la Comisión Ejecutiva**: Se establece un órgano permanente encargado de la gestión del Festival. ℹ️ **Entrada en vigor inmediata**: La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 11 de marzo de 1986 - **Materias**: Cultura, organización de eventos, instituciones públicas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Festival de Granada, Patronato, Comisión Ejecutiva, INAEM, Ministerio de Cultura ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────