Resolución de 7 de marzo de 1986, de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de febrero de 1986 por el que se fijan los complementos específicos correspondientes a los puestos de trabajo del Organismo autónomo Escuela de Organización Industrial.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 7 de marzo de 1986, de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, po ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 7 de marzo de 1986, de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de febrero de 1986, que fija los complementos específicos correspondientes a los puestos de trabajo del Organismo autónomo Escuela de Organización Industrial. 2. **CONTEXTO** El Acuerdo fue aprobado por el Consejo de Ministros el 21 de febrero de 1986, con el objetivo de establecer los complementos específicos para los puestos de trabajo del Organismo autónomo Escuela de Organización Industrial. La Resolución de publicación fue emitida por la Subsecretaría de Economía y Hacienda el 7 de marzo de 1986, con la finalidad de hacer público el acuerdo. El texto del acuerdo se incluye como anexo a la resolución. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de febrero de 1986 establece los complementos específicos correspondientes a los puestos de trabajo del Organismo autónomo Escuela de Organización Industrial, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1985. El acuerdo se divide en tres puntos principales: **Primer punto**: Se detalla el catálogo de puestos de trabajo dependientes del Organismo autónomo Escuela de Organización Industrial, en el que se especifica el nivel de complemento de destino y la cuantía del complemento específico correspondiente a determinados puestos de trabajo. El objetivo es garantizar que la retribución total de cada puesto de trabajo esté adecuadamente relacionada con el contenido de especial dificultad, dedicación, responsabilidad, peligrosidad o penosidad del mismo. Las futuras modificaciones de los niveles de complemento de destino y del número de dotaciones se efectuarán de conformidad con la normativa vigente. **Segundo punto**: Se amplía el régimen retributivo previsto en los artículos 11 y siguientes de la Ley 50/1984, con efectos económicos a partir del 1 de marzo de 1986, para los titulares de los puestos de trabajo comprendidos en el catálogo mencionado. Esto implica que los trabajadores que ocupen dichos puestos recibirán una retribución ajustada a los nuevos complementos específicos. **Tercer punto**: Desde la fecha de entrada en vigor del catálogo hasta que este tenga reflejo en la nómina, el personal afectado percibirá durante tres meses y en concepto de a cuenta del nuevo sistema una cantidad equivalente a todas las retribuciones correspondientes al anterior sistema retributivo, incluido, en su caso, el complemento de dedicación exclusiva. Estas cantidades a cuenta se elevarán a definitivas para los funcionarios que, habiendo ocupado puestos de trabajo suprimidos en los correspondientes catálogos, no sean designados para desempeñar otros comprendidos en dichos catálogos. No se aplicará el plazo de tres meses en ningún caso. El catálogo detalla los puestos de trabajo, el número de dotaciones, el nivel de complemento de destino y la cuantía anual en miles de pesetas del complemento específico. Por ejemplo, el Secretario General tiene una dotación de 1, un nivel de complemento de destino de 28 y un complemento específico de 755 miles de pesetas. Otros puestos, como el Director de Programa, tienen una dotación de 1, un nivel de complemento de destino de 26 y un complemento específico de 392 miles de pesetas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 1986 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros que fija los complementos específicos para los puestos de trabajo del Organismo autónomo Escuela de Organización Industrial. El acuerdo establece un catálogo detallado de puestos, niveles de complemento y cuantías específicas, con efectos económicos a partir del 1 de marzo de 1986. Se establece un periodo de transición de tres meses para la aplicación del nuevo sistema retributivo. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del Acuerdo**: La Resolución de 7 de marzo de 1986 ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de febrero de 1986. ⚠️ **Novedades retributivas**: El Acuerdo establece nuevos complementos específicos para los puestos de trabajo del Organismo autónomo Escuela de Organización Industrial. 📋 **Catálogo detallado**: Se incluye un catálogo con la denominación del puesto, número de dotaciones, nivel de complemento de destino y cuantía anual del complemento específico. ℹ️ **Transición de tres meses**: El personal afectado percibirá durante tres meses una cantidad a cuenta del nuevo sistema retributivo. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 7 de marzo de 1986, de la Subsecretaría de Economía y Hacienda - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 7 de marzo de 1986 - **Materias**: Administración pública, retribución, complementos específicos, Organismo autónomo Escuela de Organización Industrial - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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