Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 711/1986, de 11 de abril, por el que se especifica la tarifa general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para los sujetos pasivos acogidos a la declaración simplificada, y se determinan los límites de aplicación de dicha declaración.

BOE-A-1986-9178Publicada: 15/04/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 711/1986, de 11 de abril, por el que se especifica la tarifa genera ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 711/1986 establece la tarifa general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para sujetos pasivos acogidos a la declaración simplificada, y fija los límites de aplicación de dicha declaración, vigentes para el periodo impositivo de 1985. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 711/1986 fue aprobado en el marco de modificaciones al régimen del IRPF, concretamente en la escala de retenciones y la base imponible. Antes, el artículo 52 de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre, establecía la escala del IRPF para 1985. Posteriormente, se modificó el artículo 157 del Reglamento del IRPF mediante el Real Decreto 629/1985, reduciendo las retenciones. Para hacer efectiva esta medida, se aprobó la Ley 48/1985, de 27 de diciembre, que modificó el artículo 28 de la Ley 44/1978, incorporando la reducción de tipos aplicables a la base imponible. El Real Decreto 711/1986 se emitió para adaptar el Reglamento del IRPF a estas modificaciones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 711/1986, de 11 de abril, regula la tarifa general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para sujetos pasivos que aplican el régimen de declaración simplificada, y establece los límites de aplicación de dicha declaración. Este Real Decreto fue aprobado en virtud de la necesidad de adaptar el Reglamento del IRPF a las modificaciones previamente introducidas, como la reducción de retenciones y la nueva escala de tipos aplicables a la base imponible. El Real Decreto modifica los artículos 115 y 144 del Reglamento del IRPF, que regulan la declaración simplificada y la escala de gravamen. En concreto, el artículo 115 establece que la base imponible del IRPF para sujetos pasivos acogidos a la declaración simplificada, siempre que sus rentas totales no excedan de 1.590.000 pesetas, será gravada según la escala detallada en el Real Decreto. La escala incluye tramos de base imponible con cuotas correspondientes, desde 1.001 pesetas hasta 1.590.000 pesetas, con una progresividad en la cuota de impuesto aplicable. El artículo 115 también establece que lo dispuesto en el apartado anterior no perjudica lo previsto en el artículo 56 de la Ley General Tributaria, que establece normas generales sobre el IRPF. Además, el Real Decreto establece que la tarifa general aplicable a la declaración simplificada tendrá efectos desde el 1 de enero de 1985, según la disposición final, apartado 1, de la Ley 50/1984. Este Real Decreto fue aprobado a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda, con el acuerdo del Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del 11 de abril de 1986. La vigencia del Real Decreto es exclusiva para el periodo impositivo de 1985, lo que significa que no tiene aplicación en periodos impositivos posteriores. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 711/1986 establece la tarifa general del IRPF para sujetos pasivos acogidos a la declaración simplificada, con una escala de gravamen que se aplica hasta una base imponible de 1.590.000 pesetas. La medida fue aprobada para adaptar el régimen del IRPF a las modificaciones previamente introducidas, con vigencia exclusiva para el periodo impositivo de 1985. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la escala de gravamen**: El Real Decreto establece una escala específica para la declaración simplificada, con tramos de base imponible y cuotas correspondientes. ⚠️ **Vigencia limitada**: La medida solo tiene efecto para el periodo impositivo de 1985, lo que limita su aplicación a ese año. 📋 **Adaptación a modificaciones previas**: El Real Decreto se emitió como respuesta a la reducción de retenciones y a la nueva escala de tipos aplicables a la base imponible. ℹ️ **Coordinación con la Ley General Tributaria**: El Real Decreto reconoce la vigencia de lo establecido en el artículo 56 de la Ley General Tributaria, sin perjuicio de la nueva escala. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 711/1986 - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 11 de abril de 1986 - **Materias**: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), declaración simplificada, escala de gravamen - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: IRPF, declaración simplificada, escala de gravamen, retenciones, base imponible, Real Decreto 711/1986 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →