Real Decreto 899/1986, de 11 de abril, de traspaso de servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra, en materia de Cooperativas.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 899/1986, de 11 de abril, de traspaso de servicios de la Administra ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **¿Qué resuelve?** El Real Decreto 899/1986 aprueba el acuerdo de la Junta de Transferencias de 24 de marzo de 1986, mediante el cual se transfieren funciones y servicios relacionados con cooperativas de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra. La transferencia se efectúa en cumplimiento de la Ley Orgánica 13/1982 y se regula en el Real Decreto 2356/1984. 2. **Contexto** La Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, establece que la transferencia de competencias a Navarra se realizará mediante acuerdo entre el Gobierno de la Nación y la Diputación Foral. El Real Decreto 2356/1984, de 19 de diciembre, regula la transferencia de servicios de la Administración del Estado a Navarra, previendo la creación de la Junta de Transferencias. El Real Decreto 899/1986, aprobado el 11 de abril de 1986, formaliza la transferencia de servicios en materia de cooperativas, tras la deliberación del Consejo de Ministros. 3. **Contenido Jurídico** El Real Decreto 899/1986 establece la transferencia de funciones y servicios relacionados con cooperativas de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra, en cumplimiento de la Ley Orgánica 13/1982 y del Real Decreto 2356/1984. El artículo 1º aprueba el acuerdo de la Junta de Transferencias de 24 de marzo de 1986, que detalla las funciones transferidas. El artículo 2º especifica que las funciones y servicios se transfieren según el acuerdo incluido como anexo, en los términos y condiciones definidos. El artículo 3º establece que la transferencia tendrá efectividad a partir de la fecha señalada en el acuerdo, sin perjuicio de que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social produzca los trámites necesarios. Además, el Real Decreto 2356/1984, de 19 de diciembre, establece que la Comunidad Foral de Navarra asume la financiación de los servicios transferidos. El artículo 7º detalla el inventario de bienes, derechos y obligaciones que se trasladan, reconociendo los incluidos en la relación número 3 del anexo del Real Decreto que aprueba el acuerdo de la Junta de Transferencias. La transferencia se efectúa conforme a los artículos 9 y 10 del Real Decreto 2356/1984. El artículo 8º establece que, en un mes desde la entrada en vigor del Real Decreto, se firmará la acta de entrega y recepción del mobiliario, equipo y material inmovilizado. El artículo 9º detalla que la documentación administrativa relacionada con los servicios transferidos se entregará en un mes, junto con la correspondiente acta de entrega y recepción. Los expedientes en tramitación se resolverán de acuerdo con el artículo 11 del Real Decreto 2356/1984. El artículo 10º fija la fecha de efectividad de la transferencia como el 1 de julio de 1986. 4. **Conclusión simple** El Real Decreto 899/1986 formaliza la transferencia de funciones y servicios en materia de cooperativas a la Comunidad Foral de Navarra, en cumplimiento de la Ley Orgánica 13/1982 y el Real Decreto 2356/1984. La transferencia se efectúa con la asunción de responsabilidades financieras y mediante un proceso de entrega y recepción de bienes y documentación. La fecha de entrada en vigor es el 1 de julio de 1986. 5. **Puntos clave** ✅ **Transferencia de funciones**: Se trasladan funciones y servicios relacionados con cooperativas a la Comunidad Foral de Navarra. ⚠️ **Responsabilidad financiera**: La Comunidad Foral asume la financiación de los servicios transferidos. 📋 **Procedimiento de entrega**: Se establece un plazo de un mes para la entrega de bienes, documentación y expedientes. ℹ️ **Fecha de efectividad**: La transferencia entra en vigor el 1 de julio de 1986. 6. **Ficha** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 899/1986 - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 11 de abril de 1986 - **Materias**: Transferencia de servicios públicos, cooperativas, administración local - **Relevancia**: ALTA (regula un proceso de transferencia de competencias entre niveles de gobierno). ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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