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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 1 de abril de 1986 por la que se pone en general conocimiento las cantidades a importar, a partir del día 1 de marzo de 1986 y hasta el 31 de diciembre, de determinados productos que estuvieron sometidos durante 1985 al régimen de contingentes arancelarios con derechos reducidos, y que cumplan la condición de originarios de los países de la Asociación Europea de Libre Cambio.

BOE-A-1986-10763Publicada: 02/05/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 1 de abril de 1986 por la que se pone en general conocimiento las canti ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 1 de abril de 1986 establece las cantidades que pueden importarse con beneficios arancelarios previstos en contingentes arancelarios de derechos reducidos vigentes en 1985, entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 1986, siempre que los productos sean originarios de los países de la Asociación Europea de Libre Cambio. **2. CONTEXTO** La Orden se emite en el marco de la regulación arancelaria y comercial de la Unión Europea, en particular en relación con el Reglamento CEE 572/1986, que establece el régimen aplicable por España a los intercambios con los países de la Asociación Europea de Libre Cambio. El objetivo es garantizar el acceso a beneficios arancelarios para productos importados bajo contingentes arancelarios vigentes en 1985. La norma se aplica a productos específicos, como aceros aleados, tubos y piezas destinadas a la fabricación de rodamientos, entre otros. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 1 de abril de 1986 establece un régimen especial de importación para ciertos productos que estuvieron sometidos durante 1985 al régimen de contingentes arancelarios con derechos reducidos. El objetivo es permitir que dichos productos puedan importarse entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 1986 con los beneficios arancelarios previstos en los contingentes mencionados, siempre que sean originarios de los países de la Asociación Europea de Libre Cambio. La norma se fundamenta en el Reglamento CEE 572/1986, que establece que si España no abre los contingentes efectivamente aplicados el 1 de enero de 1985, otorgará a la importación de productos originarios de los países de la Asociación Europea de Libre Cambio los derechos que se aplicarían en caso de apertura de los contingentes mencionados. Además, las cantidades o valores admitidos con el beneficio de dichos derechos quedarán limitados a las cuotas efectivamente importadas de estos países con cargo a estos mismos contingentes abiertos el 1 de enero de 1985. La Orden establece que, para los productos a que se refiere, no se ha renovado el régimen de contingentes que estaba vigente en el año 1985, por lo que resulta aconsejable, en beneficio de los operadores económicos, poner en general conocimiento las cantidades consolidadas según las importaciones realizadas durante 1985. En su virtud, el Ministerio ha resuelto lo siguiente: **Artículo 1.** En el anexo único de esta Orden se recogen las cantidades que, por corresponder a las importaciones realizadas con cargo a los contingentes arancelarios de derechos reducidos que estuvieron vigentes durante el año 1985, pueden ser importadas con los beneficios arancelarios previstos en aquellos contingentes, en el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 1986, siempre que se trate de productos originarios de los países de la Asociación Europea de Libre Cambio. **Artículo 2.** Las personas interesadas que deseen acogerse a los derechos reducidos previstos en el artículo anterior deberán utilizar la documentación para la autorización de contingentes a que se refiere el artículo 7 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 21 de febrero de 1986, por la que se regula el procedimiento y tramitación de las importaciones. La norma también incluye una lista detallada de productos específicos, como aceros aleados, tubos, piezas destinadas a la fabricación de rodamientos, entre otros, con sus respectivas cuotas libres y condiciones de aplicación. Por ejemplo, se mencionan productos como acero aleado rápido en barras redondas, perfiles especiales, chapas y chapa de acero inoxidable, entre otros. La aplicación de los beneficios queda supeditada al control de la utilización del destino particular, según lo previsto en el Reglamento CEE 1535/1977 sobre despachos de mercancías con destino especial. Además, se suspende la exigencia de líneas de agua a que alude la nota 1 del capítulo 48. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden establece un régimen especial de importación para productos que estuvieron sometidos a contingentes arancelarios en 1985, permitiendo su importación con beneficios arancelarios hasta diciembre de 1986. La norma se basa en el Reglamento CEE 572/1986 y establece requisitos específicos para su aplicación. La aplicación de los beneficios está sujeta a condiciones de control. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Régimen especial de importación**: Permite la importación de productos originarios de países de la Asociación Europea de Libre Cambio con beneficios arancelarios. ⚠️ **Condiciones de aplicación**: Los beneficios están sujetos a control de destino y cumplimiento de requisitos específicos. 📋 **Productos específicos**: Incluye una lista detallada de productos como aceros aleados, tubos y piezas para rodamientos. ℹ️ **Regulación europea**: Basada en el Reglamento CEE 572/1986 y otros normativos europeos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial de 1 de abril de 1986 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 1 de abril de 1986 - **Materias**: Arancel, comercio exterior, regulación europea - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: contingentes arancelarios, productos originarios, Reglamento CEE 572/1986, beneficios arancelarios, importación, control de destino ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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