Real Decreto 1055/2015, de 20 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una norma que actualiza las reglas sobre permisos de conducción en España para cumplir con las leyes de la Unión Europea. Modifica el Reglamento General de Conductores para armonizar los permisos españoles con el modelo único europeo y cambiar algunos requisitos sobre quién puede conducir según su edad y su estado de salud. **¿A quién afecta?** Afecta a todas las personas que conducen o quieran obtener permiso de conducción. En especial impacta a conductores jóvenes con permiso AM (ciclomotores), quienes quieran renovar permisos antiguos, personas con enfermedades neurológicas o apnea del sueño, y conductores cuyo permiso no se ajuste al modelo europeo único. **¿Qué cambia o establece?** La norma suprime la prohibición de que menores de 18 años con permiso AM lleven pasajeros, elimina el permiso BTP válido solo en España, refuerza que nadie puede tener dos permisos simultáneamente, y establece un modelo único de permiso europeo que será obligatorio en toda la Unión. Además, permite a conductores con permiso B que lo han tenido más de 3 años conducir motocicletas A1, actualiza los requisitos médicos para ciertos permisos, y modifica el tiempo de validez de algunos permisos (5 años hasta los 65 años, después 3 años). Quien renueve su permiso antiguo recibirá el modelo europeo sin que le devuelvan el documento original.
💬 Contexto ciudadano
Antes de 2015, España mantenía permisos de conducción nacionales heterogéneos, incluyendo la categoría BTP válida exclusivamente en territorio español, sin plena armonización con la Directiva 2006/126/CE que la Unión Europea había establecido para unificar licencias de conducción. Este decreto implementa la obligatoria convergencia hacia el carné europeo estándar, alineando a España con otros estados miembros que ya operaban bajo este modelo. La norma moderniza requisitos médicos desactualizados y elimina barreras discriminatorias (como la prohibición a menores AM de transportar pasajeros), reflejando una apertura regulatoria en línea con directivas posteriores sobre seguridad vial. Para el ciudadano representa mayor mobilidad transnacional, simplificación administrativa en renovaciones y criterios de aptitud basados en evidencia médica actual, aunque implica transición de documentos nacionales históricos al carné unificado europeo.