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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden de 7 de abril de 1986 sobre establecimiento de una vigilancia intracomunitaria de las importaciones de determinados productos.

BOE-A-1986-12443Publicada: 22/05/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 7 de abril de 1986 sobre establecimiento de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El presente documento corrige errores en la Orden de 7 de abril de 1986 sobre vigilancia intracomunitaria de importaciones, insertando las rectificaciones en el Boletín Oficial del Estado número 103 de 30 de abril de 1986. 2. **CONTEXTO** La Orden de 7 de abril de 1986 establecía un régimen de vigilancia intracomunitaria para ciertos productos importados. Durante su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se detectaron errores en el texto de dicha Orden. Para corregirlos, se emitió un nuevo documento con las rectificaciones necesarias. Estas correcciones afectan a partidas arancelarias, nombres de países y términos técnicos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El documento corrige errores en la Orden de 7 de abril de 1986, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 103 de 30 de abril de 1986. Las rectificaciones se insertan en el mismo Boletículo, en el ANEXO, y se detallan de la siguiente manera: - **Nota (5):** En la partida arancelaria 39.02.0 VII.b, se corrige la referencia a las partidas arancelarias. Donde dice: «31.03.A.1, 31.03.A.H y B», debe decir: «31.03. A.I. II y B». Esta corrección afecta la correcta identificación de las partidas arancelarias en el contexto de la vigilancia intracomunitaria. - **Partida arancelaria 42.02:** Se corrige el nombre del país mencionado. Donde dice: «.. Pakistán, Argelia, Taiwan ...», debe decir: «... Pakistán, Argentina, Taiwan ...». Esta corrección es relevante para la correcta aplicación del régimen de vigilancia, ya que Argentina es un país miembro de la Unión Europea, mientras que Argelia no lo es. - **Nota (9):** Se corrige el término técnico en la descripción de los productos. Donde dice: «... con dispositivo totalizadas debe decir: «con dispositivo totalizador ...». Esta corrección es importante para la correcta interpretación de los términos técnicos utilizados en el régimen de vigilancia. - **Nota (10):** Se corrige un error de redacción en la descripción de los productos. Donde dice: «... incluidas las de la ley mixta.», debe decir: «... incluidas las de luz mixta». Esta corrección afecta la correcta aplicación del régimen, ya que la expresión «luz mixta» se refiere a un tipo específico de producto o procedimiento. Estas rectificaciones son necesarias para garantizar la precisión del texto legal y la correcta aplicación del régimen de vigilancia intracomunitaria establecido en la Orden de 1986. La corrección de errores en documentos normativos es un procedimiento común en el derecho administrativo, ya que garantiza la coherencia entre la norma y su aplicación práctica. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El documento corrige errores en una Orden de 1986 sobre vigilancia intracomunitaria. Las rectificaciones afectan a partidas arancelarias, nombres de países y términos técnicos. La corrección es necesaria para garantizar la precisión del texto legal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores en una Orden de 1986:** Se corrigen errores en el texto de la Orden de 7 de abril de 1986. ⚠️ **Errores en partidas arancelarias y nombres de países:** Se corrigen referencias a partidas arancelarias y nombres de países, como Argentina en lugar de Argelia. 📋 **Rectificaciones en términos técnicos:** Se corrige el uso de términos como «totalizador» y «luz mixta». ℹ️ **Importancia para la aplicación del régimen:** Las correcciones son necesarias para garantizar la correcta aplicación del régimen de vigilancia intracomunitaria. 6. **FICHA** - **Jurisdicción:** Nacional - **Fuente:** Boletín Oficial del Estado - **Tipo:** Orden Ministerial - **Fecha:** 30 de abril de 1986 - **Materias:** Derecho administrativo, vigilancia intracomunitaria, arancel, corrección de errores - **Relevancia:** ALTA - **Palabras:** 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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