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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 959/1986, de 25 de abril, por el que se establece la lista de enfermedades de animales de declaración obligatoria y se da la normativa para su notificación.

BOE-A-1986-12129Publicada: 19/05/1986MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 959/1986, de 25 de abril, por el que se establece la lista de enfer ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 959/1986 establece la lista actualizada de enfermedades animales de declaración obligatoria y define la normativa para su notificación, sustituyendo las previas regulaciones de 1955 y adaptándose a los requisitos de la Unión Europea. **2. CONTEXTO** El Reglamento de la Ley de Epizootias de 1955 (artículos 4 y 5) incluía enfermedades de animales sujetas a medidas sanitarias, pero avances tecnológicos permitieron erradicar algunas. La integración de España en la Comunidad Económica Europea exigió cumplir con la Directiva 82/894/CEE, que establece normas para notificar enfermedades infecto-contagiosas, incluida la peste porcina clásica. La norma se aprobó en 1986 tras deliberaciones del Consejo de Ministros. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 959/1986 modifica el Reglamento de Epizootias de 1955, sustituyendo la lista de enfermedades obligatorias por la incluida en el anexo I. Este anexo detalla enfermedades como la peste porcina clásica, la peste bovina, la tuberculosis, entre otras, que requieren declaración oficial y medidas sanitarias. La norma establece que las comunidades autónomas deben notificar enfermedades a través de los servicios competentes al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Los anexos detallan la información obligatoria para la notificación: - **Anexo III**: Información semanal sobre enfermedades, incluyendo especies afectadas, número de animales afectados/muertos, medidas de control y pronóstico. - **Anexo IV**: Extinción del foco, con datos de fecha de declaración, extinción y medidas aplicadas. - **Anexo V**: Específico para la peste porcina clásica, detallando fechas de sospecha, confirmación, localización, categorías de cerdos y mortalidad. - **Anexo VI**: Para la peste porcina africana, incluyendo fechas de sacrificio, excepciones legales y origen de la enfermedad. La norma también establece que el diagnóstico debe realizarse en centros autorizados, con métodos validados, y que las medidas de control incluyan distancias mínimas a explotaciones vecinas. La declaración oficial debe incluir el origen de la enfermedad y la evolución del foco. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 959/1986 actualiza la normativa para la declaración y notificación de enfermedades animales, adaptándose a avances tecnológicos y a la legislación europea. Establece un marco detallado para la gestión de epidemias, con requisitos específicos para enfermedades como la peste porcina. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Lista de enfermedades actualizada**: Sustituye la de 1955, incluyendo enfermedades erradicadas y nuevas. ⚠️ **Cumplimiento europeo**: Adapta la normativa a la Directiva 82/894/CEE. 📋 **Procedimiento de notificación**: Requiere información detallada en anexos, incluyendo datos epidemiológicos. ℹ️ **Medidas sanitarias**: Establece distancias, métodos diagnósticos y control de focos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Real Decreto 959/1986. - **Tipo**: Reglamento. - **Fecha**: 25 de abril de 1986. - **Materias**: Salud animal, enfermedades zoonóticas, control epidemiológico. - **Relevancia**: ALTA (regula aspectos clave de la salud animal y cumplimiento internacional). **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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