Orden de 4 de junio de 1986 por la que se modifica la Comisión de Informática del Ministerio de Economía y Hacienda.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 4 de junio de 1986 por la que se modifica la Comisión de Informática de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 4 de junio de 1986 modifica la composición de la Comisión de Informática del Ministerio de Economía y Hacienda, adaptándola a los cambios estructurales del Ministerio y al desarrollo de la informática en el ámbito ministerial. Se establecen nuevas reglas para la formación del Pleno y la Comisión Permanente, con el objetivo de mejorar la coordinación, agilidad y eficacia en los servicios informáticos. **2. CONTEXTO** El Ministerio de Economía y Hacienda experimentó cambios estructurales y avanzó en la implementación de sistemas informáticos. Para garantizar una gestión más eficiente, se decidió actualizar la organización de la Comisión de Informática, que había sido establecida en 1983. La Orden de 1986 busca alinear la estructura con las necesidades técnicas y organizativas del Ministerio, facilitando la toma de decisiones y la operación de servicios informáticos. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden modifica los artículos 2 y 3 de la Orden de 16 de septiembre de 1983, que regulaban la composición de la Comisión de Informática. En el **artículo 2**, se redefine el Pleno, que está compuesto por: - El Subsecretario de Economía y Hacienda como Presidente, - El Director General del Patrimonio del Estado como Vicepresidente, - El Secretario General Técnico como vocal, - Máximo tres representantes por cada Subsecretaría del Estado y uno por la Subsecretaría del Ministerio a nivel de Director General, - Directores de centros informáticos específicos (Centro de Proceso de Datos, Centro Informático del Presupuesto y Plan, etc.), - Otros directores designados por el Presidente de la Comisión. El Secretario del Pleno será el funcionario nombrado por el Subsecretario. En el **artículo 3**, se establece la Comisión Permanente, delegada del Pleno, encargada de resolver asuntos de trámite no relacionados con proyectos informáticos generales o a largo plazo. Su composición incluye: - El Director General del Patrimonio del Estado como Presidente, - El Secretario General Técnico como vocal, - Representantes de las Secretarías de Estado y la Subsecretaría del Ministerio, - Directores de centros informáticos mencionados en el artículo 2, - Otros directores designados por el Presidente. El Secretario será el mismo funcionario designado para el Pleno. La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE), sin necesidad de aprobación adicional. La modificación refleja la necesidad de adaptar la estructura a la evolución tecnológica y organizativa del Ministerio, asegurando una gestión más eficiente de los servicios informáticos. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden reorganiza la Comisión de Informática para mejorar su eficacia. Introduce nuevos miembros y una Comisión Permanente para asuntos rutinarios. La modificación busca alinear la estructura con las necesidades del Ministerio en materia de informática. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Reestructuración de la Comisión**: Se actualiza la composición del Pleno y se crea una Comisión Permanente para tareas específicas. ⚠️ **Nuevos miembros**: Incluye directores de centros informáticos y representantes de subsecretarías. 📋 **Regulación de funciones**: Define roles como Presidente, Vicepresidente y Secretario. ℹ️ **Vigencia inmediata**: La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Ministerio de Economía y Hacienda. - **Fuente**: Orden de 4 de junio de 1986. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 4 de junio de 1986. - **Materias**: Organización administrativa, informática pública. - **Relevancia**: ALTA (establece un marco regulatorio fundamental para la gestión informática en el Ministerio). **Palabras clave**: Comisión de Informática, estructura ministerial, informática pública, eficacia administrativa. **Longitud total**: 680 palabras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. 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