Corrección de erratas del Real Decreto 779/1986, de 11 de abril, por el que se amplían los límites de emisión de Deuda del Estado, interior y amortizable.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas del Real Decreto 779/1986, de 11 de abril, por el que se a ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto corrige una errata en la fecha de firma del texto que amplía los límites de emisión de Deuda del Estado. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 779/1986, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 96 del 22 de abril de 1986, establecía un límite máximo para la emisión de Deuda del Estado. Sin embargo, se detectó un error en la fecha de firma del documento. La errata afecta la precisión del texto oficial y su aplicación legal. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 779/1986, de 11 de abril de 1986, establecía que el límite máximo de emisión de Deuda del Estado, interior y amortizable, se incrementaba a 15.000 millones de pesetas. Este límite se aplicaba a la emisión de títulos públicos emitidos por el Estado en el mercado nacional. La errata detectada consistía en que en el texto original se mencionaba incorrectamente la fecha de firma como «Dado en Madrid a 2 de abril de 1986», cuando debía ser «Dado en Madrid a 11 de abril de 1986». Esta corrección es fundamental para garantizar la exactitud del texto legal y su correcta aplicación. La errata afecta la precisión del documento, lo que podría generar confusiones en la interpretación de los términos y la aplicación de los límites establecidos. La corrección se realiza mediante la transcripción del texto correcto, con la fecha adecuada, para asegurar que el contenido legal sea aplicable en el marco establecido. El Real Decreto se publicó en el BOE número 96 del 22 de abril de 1986, páginas 14276 y 14277. La errata se corrige en el mismo documento, con la fecha de firma ajustada. No se modifican los términos ni el contenido sustancial del Real Decreto, solo se corrige un error de redacción. Esta corrección no implica cambios en la normativa aplicable, sino una precisión en la fecha de aprobación del texto. La errata no afecta la vigencia del Real Decreto, ya que el texto se publicó correctamente en el BOE y la corrección se realiza en el mismo documento. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige una errata en la fecha de firma del texto que establece límites de emisión de Deuda del Estado. La corrección no modifica el contenido legal, solo la precisión del documento. La errata no afecta la vigencia ni la aplicación del Real Decreto. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de fecha**: Se corrige la fecha de firma del Real Decreto 779/1986 de 2 de abril a 11 de abril de 1986. ⚠️ **No modificación de contenido**: La errata no altera el texto legal ni los límites establecidos. 📋 **Publicación en BOE**: El Real Decreto se publicó en el BOE número 96 del 22 de abril de 1986. ℹ️ **Relevancia formal**: La corrección es relevante para la precisión del documento, pero no afecta su aplicación legal. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Corrección de errata - **Fecha**: 11 de abril de 1986 (fecha correcta) - **Materias**: Deuda pública, emisión de títulos, normativa financiera - **Relevancia**: ALTA (por su impacto en la precisión del texto legal y su aplicación) ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────