Corrección de erratas de la Orden de 11 de junio de 1986 por la que se dispone la emisión de Deuda del Estado, interior y amortizable, formalizada en obligaciones del Estado.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Orden de 11 de junio de 1986 por la que se dispone l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores tipográficos en la Orden de 11 de junio de 1986, que establecía la emisión de Deuda del Estado, interior y amortizable, formalizada en obligaciones del Estado. 2. **CONTEXTO** La Orden de 11 de junio de 1986 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 142, de 14 de junio de 1986. Durante su publicación, se detectaron errores en la inserción de dicha Orden. Para corregir estos errores, se emitió una norma de corrección de erratas. La norma corrige errores en varias páginas del Boletín Oficial del Estado, afectando distintos apartados y líneas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma en cuestión es una **Orden Ministerial** emitida por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, con el objetivo de corregir errores tipográficos en la Orden de 11 de junio de 1986. La norma establece que se deben realizar las siguientes correcciones: - En la página 21677, columna derecha, apartado 3.2.2.1.b), línea dieciocho, donde dice: «ciera hará pública .antes ...», debe decir: «ciera hará público antes ..:». - En la página 21678, columna izquierda, apartado 3.4.2, línea segunda, donde dice: «Deuda no será automáticamente ...», debe decir: «Deuda no serán automáticamente ...». - En la página 21679, apartado 4.5, columna izquierda, línea diez, donde dice: «Colegiados, Gestores de Instutuciones ...», debe decir: «Colegiados, Gestores de Instituciones ...». - En la página 21679, columna izquierda, apartado 4.6, línea segunda, donde dice: «Suscriptores un recibo acreditatio ...», debe decir: «Suscriptores un recibo acreditativo...». - En la página 21679, columna derecha, apartado 7.3., línea . segunda del cuarto párrafo, donde dice: «Diligencia de haberes ejercitado ..:»; debe decir: «Diligencia de haberse ejercitado ...». Estas correcciones afectan a distintos apartados de la Orden original, lo que implica que se deben realizar ajustes en la redacción de ciertos términos y frases. Aunque no se modifican los contenidos sustanciales de la Orden, estas correcciones son relevantes para garantizar la precisión y la claridad de los textos oficiales. La norma no introduce nuevos derechos ni obligaciones, sino que solo corrige errores en la redacción de la Orden original. La norma se basa en la normativa vigente en materia de emisión de deuda pública, que se rige por los principios generales del derecho público y la legislación específica sobre la gestión de la deuda del Estado. No se mencionan artículos específicos de la Ley de Presupuestos Generales del Estado o de la Ley de Estabilidad Financiera, ya que la corrección de erratas no implica una modificación normativa sustancial. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores tipográficos en la Orden de 1986 sobre la emisión de Deuda del Estado. No introduce cambios sustanciales, sino que asegura la precisión del texto oficial. La corrección es relevante para la correcta interpretación de los términos utilizados en la Orden. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores tipográficos en la Orden de 1986. ⚠️ No modifica el contenido sustancial de la norma original. 📋 Afecta a varios apartados y páginas del Boletín Oficial del Estado. ℹ️ Relevante para la precisión de los textos oficiales. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 11 de junio de 1986 (original), corrección posterior - **Materias**: Deuda pública, gestión financiera, erratas en normativa - **Relevancia**: ALTA (por su impacto en la precisión de la normativa pública) ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────