Real Decreto 1341/1986, de 28 de junio, por el que se autoriza al Instituto Nacional de Industria para emitir 35.000.000.000 de pesetas nominales en «Obligaciones Instituto Nacional de Industria, 1.ª emisión 1986».
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1341/1986, de 28 de junio, por el que se autoriza al Instituto Naci ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1341/1986 autoriza al Instituto Nacional de Industria (INI) a emitir 35.000.000.000 de pesetas nominales en obligaciones denominadas "Obligaciones Instituto Nacional de Industria, 1.ª emisión 1986", con características y condiciones establecidas en la propuesta del INI. **2. CONTEXTO** El Real Decreto fue aprobado en el marco de la Ley General Presupuestaria de 1977, que autoriza a los organismos autónomos del Estado a emitir deuda pública a medio o largo plazo. Además, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1986, en su Anexo II, permite al INI realizar esta emisión para cubrir necesidades financieras no cubiertas por aportaciones del Estado. La emisión se realiza con el objetivo de financiar operaciones del INI en el ejercicio de 1986. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1341/1986, de 28 de junio de 1986, autoriza al Instituto Nacional de Industria a emitir 35.000.000.000 de pesetas nominales en obligaciones denominadas "Obligaciones Instituto Nacional de Industria, 1.ª emisión 1986". Esta autorización se fundamenta en la Ley 11/1977, de 4 de enero, General Presupuestaria, en su artículo 102.4, que permite a los organismos autónomos del Estado emitir deuda pública a medio o largo plazo, siempre que se respeten los límites establecidos por las leyes de presupuestos. Asimismo, se basa en la Ley Fundacional del INI, que autoriza a este organismo a emitir obligaciones nominales y al portador, siempre que la operación sea autorizada mediante decreto a propuesta del Ministro de Hacienda. La emisión se realiza con la finalidad de atender necesidades financieras del INI en el ejercicio de 1986, no cubiertas por aportaciones del Estado u otras financiaciones. La autorización se basa en el artículo 40.3 del Anexo II de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986. La emisión se lleva a cabo a propuesta del Ministro de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del 28 de junio de 1986. El Real Decreto establece las características de las obligaciones, incluyendo su vencimiento, amortización y condiciones de pago. Así, el artículo 1 establece que la emisión se realizará en obligaciones denominadas "Obligaciones Instituto Nacional de Industria, 1.ª emisión 1986", con características definidas en la propuesta del INI. El artículo 2 detalla que el vencimiento de los intereses tendrá lugar por semestres vencidos, contados desde el último día del plazo de suscripción en el que se ingrese el importe de la emisión. El artículo 4 establece que la amortización tendrá lugar en un plazo de quince años, contados desde la fecha de cierre del periodo de suscripción, por cuartas partes al final de los años 12, 13, 14 y 15, con reducción anual del 25 por 100 del nominal inicial de cada título. Además, el INI tendrá la opción de amortizar total o parcialmente el nominal de la emisión, de forma anticipada a partir del tercer año, previo anuncio en el *Boletín Oficial del Estado* con un mes de anticipación. El artículo 5 establece que las obligaciones serán admitidas de oficio a cotización oficial en bolsa, gozarán de las ventajas inherentes a la cotización calificada en virtud del artículo 46 del Reglamento de las Bolsas de Comercio y serán aceptadas como depósito de fianza por las administraciones públicas. El artículo 6 establece que la emisión gozará de los beneficios establecidos en la Ley 44/1978, de 8 de septiembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en la redacción dada por la Ley 48/1985, de 27 de diciembre, y su suscripción dará derecho a la deducción por inversión en el citado impuesto, según las normas que lo regulan. El pago de los intereses será objeto de retención en la fuente al tipo vigente en cada momento (en la actualidad el 18 por 100). El artículo 7 establece que los títulos en que se materialice la emisión serán susceptibles de someterse a la aplicación de las disposiciones contenidas en el Decreto 1128/1974, de 25 de abril, y orden de 20 de mayo de 1974, sobre el sistema de liquidación y compensación de operaciones en bolsa y de depósito de valores mobiliarios. El artículo 8 establece que el Ministerio de Economía y Hacienda dictará las disposiciones necesarias para la ejecución de lo que se dispone en el presente Real Decreto. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto autoriza al INI a emitir obligaciones para cubrir necesidades financieras. Establece condiciones de vencimiento, amortización y beneficios fiscales. La emisión se realiza bajo autorización legal y con cumplimiento de normas vigentes. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización legal**: El Real Decreto se basa en la Ley General Presupuestaria y en la autorización del Consejo de Ministros. ⚠️ **Condiciones de emisión**: Se establecen plazos de vencimiento, amortización y retención de intereses. 📋 **Beneficios fiscales**: La emisión goza de deducciones en el impuesto de la renta. ℹ️ **Regulación de títulos**: Los títulos están sujetos a normas de liquidación y depósito en bolsa. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1341/1986 - **Tipo**: Norma de autorización - **Fecha**: 28 de junio de 1986 - **Materias**: Emisión de obligaciones, deuda pública, instituciones públicas - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Instituto Nacional de Industria, obligaciones, deuda pública, autorización, emisión, impuesto sobre la renta, bolsa, amortización, vencimiento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────