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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 13 de junio de 1986 por la que se somete a vigilancia estadística previa las importaciones de urea de la partida arancelaria 31.02.B.

BOE-A-1986-17591Publicada: 03/07/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 13 de junio de 1986 por la que se somete a vigilancia estadística previ ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 13 de junio de 1986 establece que las importaciones de urea con contenido en nitrógeno superior al 45% en peso del producto anhidro en estado seco, clasificada en la partida arancelaria 31.02.B, procedente de países de las zonas B, C, D y E del Anexo I de la Orden de 21 de febrero de 1986, quedan sometidas a vigilancia estadística previa. **2. CONTEXTO** La situación del mercado de fertilizantes en España mostraba incrementos anormales en las importaciones de productos clave, lo que generaba riesgos de desestabilización en un sector vital para la agricultura. Para mitigar este riesgo, se consideró necesario implementar medidas de defensa comercial. La Orden de 1986 se emitió en respuesta a esta necesidad, basándose en el marco legal vigente. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 13 de junio de 1986 se fundamenta en el artículo 20 de la Orden de 21 de febrero de 1986, que otorga al Secretario de Estado de Comercio la facultad de adoptar medidas de defensa comercial cuando se detecte una evolución inadecuada de las importaciones. Además, se basa en el Reglamento (CEE) nº 288/1982, que establece procedimientos para la protección de sectores económicos. El artículo 1º de la Orden de 1986 establece que, a partir de su publicación, las importaciones de urea mencionadas requieren la expedición de una "notificación previa de importación", según el artículo 4 de la Orden de 21 de febrero de 1986. Esta medida se aplica a productos procedentes de zonas B, C, D y E del Anexo I de la mencionada Orden, que se consideran de riesgo para la estabilidad del mercado. El artículo 2º exime de la aplicación de la Orden las expediciones que, al momento de entrada en vigor, estén en tránsito hacia España y estén documentadas en los papeles de embarque. El artículo 3º establece que la Orden entrará en vigor el día de su publicación. La norma se enmarca en el derecho de la Unión Europea, ya que el Reglamento (CEE) nº 288/1982 fue adoptado por el Consejo Europeo. La vigilancia estadística busca prevenir distorsiones en el mercado, permitiendo al Estado tomar medidas de defensa comercial si es necesario. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1986 introduce un mecanismo de control previo para importaciones de urea de alto contenido en nitrógeno, con el objetivo de proteger el mercado agrícola. La medida se basa en el derecho comunitario y permite al Estado actuar ante riesgos de desestabilización. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Vigilancia estadística**: Se requiere notificación previa para importaciones de urea de ciertas zonas. ⚠️ **Exenciones**: No se aplican a productos en tránsito al momento de entrada en vigor. 📋 **Marco legal**: Basado en el Reglamento (CEE) nº 288/1982 y la Orden de 1986. ℹ️ **Objetivo**: Prevenir distorsiones en el mercado agrícola mediante medidas de defensa comercial. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España (enmarcado en el derecho comunitario). - **Fuente**: Orden Ministerial de 13 de junio de 1986. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 13 de junio de 1986. - **Materias**: Comercio exterior, defensa comercial, agricultura. - **Relevancia**: ALTA (relevante para el control de mercados agrícolas y normativa aduanera). **Palabras clave**: vigilancia estadística, importaciones, urea, defensa comercial, Reglamento (CEE) nº 288/1982, mercado agrícola. **Total de palabras**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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