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Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 2 de julio de 1986, de la Subsecretaría, por la que se ordena la publicación del acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de junio de 1986, que fija los complementos específicos correspondientes a los puestos de trabajo del Organismo autónomo «Instituto de Relaciones Agrarias».

BOE-A-1986-18702Publicada: 14/07/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 2 de julio de 1986, de la Subsecretaría, por la que se ordena la p ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 2 de julio de 1986, emitida por la Subsecretaría, ordena la publicación del acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de junio de 1986, que establece los complementos específicos para los puestos de trabajo del Instituto de Relaciones Agrarias. 2. **CONTEXTO** La norma se emitió en el marco de la regulación de la retribución en el sector público, concretamente en el Instituto de Relaciones Agrarias, un organismo autónomo. El acuerdo fue aprobado por el Consejo de Ministros y publicado como anexo a la resolución. La norma se basa en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1985, que establece el marco general para la fijación de complementos retributivos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 2 de julio de 1986, de la Subsecretaría, publica el acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de junio de 1986, que establece los complementos específicos para los puestos de trabajo del Instituto de Relaciones Agrarias. Este acuerdo se fundamenta en el artículo 11 de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1985, que establece el régimen retributivo para el personal del sector público. El acuerdo establece que los puestos de trabajo dependientes del Instituto de Relaciones Agrarias son los detallados en el catálogo anexo al acuerdo, que incluye el número de dotaciones, el nivel de complemento de destino y la cuantía anual del complemento específico correspondiente a cada puesto. El objetivo es asegurar que la retribución total de cada puesto esté en relación adecuada con la dificultad, dedicación, responsabilidad, peligrosidad o penosidad del trabajo. Las modificaciones posteriores de los niveles de complemento de destino y el número de dotaciones se realizarán conforme a la normativa vigente. Además, el acuerdo establece que el régimen retributivo previsto en los artículos 11 y siguientes de la Ley 50/1984 se aplicará con efectos económicos a partir del 1 de julio de 1986 a los titulares de los puestos de trabajo comprendidos en el catálogo. Desde la entrada en vigor del catálogo y hasta que se refleje en la nómina, el personal afectado percibirá durante un plazo máximo de tres meses, en concepto de a cuenta de lo devengado por el nuevo sistema, una cantidad equivalente a todas las retribuciones correspondientes al anterior sistema retributivo, incluido, en su caso, el complemento de dedicación exclusiva. Estas cantidades a cuenta se elevarán a definitivas para los funcionarios que, habiendo ocupado puestos de trabajo suprimidos en los correspondientes catálogos, no sean designados para desempeñar otros comprendidos en dichos catálogos, sin que en ningún caso pueda ampliarse el citado plazo de tres meses. El acuerdo se publica como anexo a la resolución, y se cumple lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 50/1984, que establece el régimen retributivo para el personal del sector público. La norma se emite en el marco de la regulación de la retribución en el sector público, con el objetivo de garantizar la adecuación de la retribución a las características de los puestos de trabajo. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece los complementos específicos para los puestos de trabajo del Instituto de Relaciones Agrarias, basándose en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1985. Establece un régimen retributivo con efectos económicos a partir del 1 de julio de 1986 y establece un plazo de tres meses para la transición al nuevo sistema retributivo. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación del acuerdo del Consejo de Ministros**: La resolución publica el acuerdo que establece los complementos específicos para los puestos de trabajo del Instituto de Relaciones Agrarias. ⚠️ **Aplicación del régimen retributivo**: El régimen retributivo previsto en la Ley 50/1984 se aplica con efectos económicos a partir del 1 de julio de 1986. 📋 **Plazo de transición**: El personal afectado percibirá durante un plazo máximo de tres meses una cantidad equivalente a las retribuciones del sistema anterior. ℹ️ **Modificaciones futuras**: Las modificaciones posteriores de los niveles de complemento y dotaciones se realizarán conforme a la normativa vigente. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 2 de julio de 1986, de la Subsecretaría - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 2 de julio de 1986 - **Materias**: Retribución, personal público, Instituto de Relaciones Agrarias - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: complementos específicos, retribución, Instituto de Relaciones Agrarias, Ley 50/1984, plazo de transición. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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