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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden de 26 de mayo de 1986 por la que se desarrolla el Reglamento General de la Inspección de los Tributos en el ámbito de la competencia de la Dirección General de Inspección Financiera y Tributaria.

BOE-A-1986-18163Publicada: 09/07/1986MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 26 de mayo de 1986 por la que se desarrolla ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores tipográficos y gramaticales en la Orden de 26 de mayo de 1986, que desarrolla el Reglamento General de la Inspección de los Tributos en el ámbito de la Dirección General de Inspección Financiera y Tributaria. 2. **CONTEXTO** La Orden de 26 de mayo de 1986 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 129, de fecha 30 de mayo de 1986. Dicha norma establece el desarrollo del Reglamento General de la Inspección de los Tributos. Posteriormente, se identificaron errores en su texto, que afectaban la claridad y la correcta aplicación de los principios establecidos. Por ello, se emitió una corrección de errores para corregir dichas imprecisiones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige errores en la Orden de 26 de mayo de 1986, publicada en el «Boletén Oficial del Estado» número 129, de 30 de mayo de 1986, que desarrolla el Reglamento General de la Inspección de los Tributos en el ámbito de la Dirección General de Inspección Financiera y Tributaria. Las correcciones afectan múltiples puntos del texto original, incluyendo errores de puntuación, concordancia de género y uso de mayúsculas. Por ejemplo, en la página 19386, primera columna, se corrige la frase «Sin embargo en concretas cuestiones de carácter organizativo y cuya solución depende...» para que se le añada la coma después de «Sin embargo», y se cambie «y cuya solución depende» por «o cuya solución depende». En el artículo 2, apartado primero, se corrige la frase «... del artículo 21 del Reglamento General de la Inspección de los Tributos según las directrices de la Dirección General de Inspección Financiera y Tributaria» para que se le añada la conjunción «y» antes de «según». En el artículo 2º, apartado segundo, letra b), se corrige «... regulada por...» por «... regulado por...». En el artículo 3º, se corrige la frase «Las atribuciones de la Unidad Central de Información se entienden en todo caso, sin perjuício de...» para que se le añada la coma después de «en todo caso». En el artículo 4º, se corrige «...o a los órganos de la propia Delegación de Hacienda Especial» para que se le añada la mayúscula a «Órganos». En el artículo 5º, apartado primero, se corrige «... en que se estructuran los órganos o servicios...» para que se le añada la mayúscula a «Órganos». En el artículo 9º, se corrige «Art. 9.· Documentación de las actuaciones inspectoras» para que se le añada la mayúscula a «Art. 9.º». En el artículo 11, apartado segundo, se corrige «... a que se refiere la letra b), del apartado primero, del artículo 48 del Reglamento General de la Inspección de los Tributos» para que se le cambie la letra «b» por «f» y se le añada la mayúscula a «del apartado segundo». En el artículo 13, apartado segundo, se corrige «... previa su fiscalización en el plazo de cinco días...» para que se le cambie por «... previa su fiscalización en su caso...». En el artículo 16, apartado primero, se corrige «Cuando los hechos y circunstancias recogidas » para que se le añada la coma al final. En el artículo 19, apartado primero, se corrige «Previamente a l a transferencia al exterior...» para que se le añada la coma al final y se corrija la letra «l» por «la». Estas correcciones buscan garantizar la claridad, la coherencia y la correcta aplicación de la normativa, evitando posibles malentendidos o interpretaciones erróneas por parte de los órganos de inspección y los contribuyentes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en una Orden de 1986 que desarrolla el Reglamento General de la Inspección de los Tributos. Las correcciones buscan mejorar la claridad y la precisión de la normativa. La norma es relevante para la correcta aplicación de la inspección tributaria. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en una norma de 1986. ⚠️ Errores afectan la claridad y la aplicación de la normativa. 📋 Correcciones incluyen puntuación, concordancia y mayúsculas. ℹ️ Relevancia alta para la inspección tributaria. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 30 de mayo de 1986 (publicación original), fecha de corrección no especificada - **Materias**: Inspección tributaria, normativa fiscal - **Relevancia**: ALTA - **Palabras**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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